AGUILAR/SUBSECRETARIA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Joel Alonso Aguilar Baute, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en disponer el archivo de su solicitud de permanencia definitiva, solicitando se ordene reconsiderar dicha decisión o bien, se le concede una prórroga de su visa temporaria. Refiere, en síntesis, que luego de ser anunciado un nuevo sistema 100% digital para tramitar las solicitudes de Permanencia Definitiva ante la recurrida, envió su solicitud el 29 de enero de 2021, pagando los derechos respectivos. Sin embargo, mediante Resolución Exenta N° 23275606 de 20 de julio de 2023, se dispuso el archivo de los antecedentes por encontrarse el recurrente fuera del país. Expresa que si bien es cierto que viajo fuera de Chile entre los meses de diciembre de 2021 y marzo de 2022, por problemas personales de fuerza mayor, lo hizo con un certificado de ampliación de permanencia definitiva en trámite. Finalmente, destaca el arraigo social y familiar que tiene en el país, en particular, la circunstancia de ser padre de un niño chileno. Segundo: Que, en un primer informe, el Servicio Nacional de Migraciones alega la extemporaneidad de la presente acción, por haber sido interpuesta fue del plazo previsto en el respectivo auto acordado, desde que el acto imputado fue dictado el 20 de julio de 2023 y el recurso fue presentado el 29 de septiembre pasado. Posteriormente, en el folio 16, dando cumplimiento a lo ordenado, se pronunció respecto al fondo de la acción, alegando que ésta ha perdido oportunidad, pues la autoridad migratoria dictó el 20 de noviembre de 2023, la Resolución Exenta N°52145 que dejó sin efecto la Resolución Exenta N°23275606 de 20 de julio de 2023 que archivó la solicitud del recurrente, manteniéndose en tramitación en etapa de “Revisión”. Tercero: Que la acción de amparo, prevista en el artículo 21 de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, por haber perdido oportunidad, el recurso de amparo deducido por Joel Alonso Aguilar Baute, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Proteccion-15701-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por la Ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya, los Ministros (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino y señora Erika Andrea Villegas Pavlich. En Santiago, cinco de diciembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Joel Alonso Aguilar Baute, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en disponer el archivo de su solicitud de permanencia definitiva, sol
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