SIN INFORMACION

ESPONDA/8 JUZGADO CIVIL STGO

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, la parte demandada deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 19 de junio de 2023 dictada en los autos Rol N° C-9611-2022 seguidos ante el 8° Juzgado Civil de Santiago, en juicio ordinario de mayor cuantía sobre cobro de pesos, que no concedió el recurso de apelación deducido en subsidio en contra de la resolución que tuvo por acompañados con citación 16 documentos presentados durante el probatorio por la demandante. Expone que dicha resolución alteró la substanciación regular del juicio, o recae sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley toda vez que 14 de dichos documentos correspondían instrumentos privados, imágenes y/o documentos electrónicos, que debería haberse tenido por acompañados bajo los apercibimientos de los artículos 346 y 348 bis del Código de Procedimiento Civil. Finaliza pidiendo que se ordene al tribunal de primera instancia informar en el plazo que se considere apropiado, y/o de remitir el proceso a esta Corte a fin de que, en caso de declarar admisible el recurso, dé la tramitación correspondiente a la apelación denegada en primera instancia, todo con costas. SEGUNDO: Que, informando el recurso, doña Isabel Melissa Eyzaguirre Flores, Juez Titular del 8° Juzgado Civil de Santiago, señaló que resolvió declarar inadmisible el arbitrio que motiva el presente recurso, dado que se trata de un decreto que no estableció derechos permanentes en favor de las partes ni alteró la substanciación regular del juicio, según lo previsto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. Hace presente que, de la sola lectura del libelo recursivo, aparece que éste no contiene peticiones concretadas, tendientes a expresar el remedio propuesto para el supuesto perjuicio que habría sufrido el demandado con la resolución que impugnaba. TERCERO: Que conforme prevé el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe ser interpuesto dentro del plazo fatal de cinco día

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho en que se sustenta y las peticiones concretas que se efectúan al tribunal ad quem. Luego, son estos los requisitos que deben ser analizados por el juez a quo al momento de conceder el arbitrio y, examinado el recurso de reposición formulado con apelación en subsidio, lo cierto es que el mismo carece de peticiones concretas, de modo que aun no compartiendo los motivos que tuvo en consideración el juez de primer grado para no conceder la apelación, deberá necesariamente desestimarse el presente recurso de hecho.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto en contra de resolución de 19 de junio de 2023, dictada por el 8° Juzgado Civil de Santiago, en los autos rol C-9611-2022. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-9807-2023. (Hecho)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, la parte demandada deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 19 de junio de 2023 dictada en los autos Rol N° C-9611-2022 seguidos ante el 8° Juzgado Civil de Santiago, en juicio ordinario de mayor cuantía sobre cobro de pesos, que no concedió el recurso de apelación deducido

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica