SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INTERPUESTO EN FAVOR DE RAUL ALVARADO VALDES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL LA SERENA, 2° SEMESTRE 2023

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparece el defensor penal público penitenciario Gabriel Mauricio Calderón Lewin, domiciliado en calle Cordovez 588, oficina 311, comuna La Serena, interponiendo recurso de amparo en beneficio de RAUL BERNARDO ALVARADO VALDÉS, cédula de identidad N°15.673.870-0, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Huachalalume, dirigido en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de La Serena, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la resolución Nº706-2023 de 10 de octubre de 2023, que negó el beneficio de la libertad condicional a su representado, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que el amparado cumple actualmente una condena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por un delito de porte ilegal de arma de fuego, y una pena de 728 días de presidio menor en su grado medio, por un delito de abuso sexual, penas impuestas por el Juzgado de Garantía de La Serena. Señala que cumplió el tiempo mínimo para postular al beneficio el 31 de octubre de 2023, proyectándose el término de la condena para el 30 de junio de 2025, y registrando una muy buena conducta los últimos cuatro bimestres. No obstante, señala que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio, sin considerar los diversos avances que el amparado ha registrado en su proceso de intervención, lo cual es un requisito esencial para otorgar el beneficio de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º del Decreto Ley Nº321. En tal sentido, señala que le decisión constituye una transgresión legal, ya que contradice las disposiciones establecidas en el Decreto Ley 321 y sus modificaciones posteriores, así como en el Decreto Supremo 338 que regula el Reglamento de Libertad Condicional. Afirma que el amparado ha participado en los diversos talleres de su plan de intervención, cuenta con una red de apoyo familiar, y reconoce la gravedad del delito y se muestra arrepentido. Sostiene que la resolución constituye un acto arbitrario, pues se funda en exigencias no contempladas en la ley o en requisitos superiores. Asimismo, señala que no basta con resaltar los aspectos negativos del condenado y en base a ello rechazar la postulación, sino que debe fundar adecuadamente porque esos aspectos llevan a inclinarse a que deba cumplir el saldo de pena privado de libertad y no bajo la modalidad de libertad condicional. En consecuencia, solicita que se acoja la acción de amparo, se deje sin efecto la resolución que rechazó la libertad condicional, y se le conceda el beneficio. Junto con su recurso, acompañó: informe social, elaborado por profesional de la defensoría penal publica, respecto libertad condicional. SEGUNDO: Que, informando la recurrida, a través del Ministro Presidente de la Comisión recurrida Sr. Felipe Pulg

Fallo

por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en beneficio de Raúl Bernardo Alvarado Valdés, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°503-2023 (Amparo).-

Texto Completo (Preview)

Alvarado Valdés, Raúl Bernardo Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº503-2023.- La Serena, cinco de diciembre de dos mil veintitrés. Visto y considerando: PRIMERO: Que comparece el defensor penal público penitenciario Gabriel Mauricio Calderón Lewin, domiciliado en calle Cordovez 588, oficina 311, comuna La Serena, interponiendo recurso de amparo en beneficio de RAUL BERNARDO A

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