PROMOTORA CMR FALABELLA S.A CON ZAMORANO
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que, teniendo presente que el título que funda la ejecución es el pagaré que ya se encuentra acompañado a la demanda y que en esta etapa procesal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, no resulta procedente exigir otros documentos para proveer aquélla, por lo que corresponde que el juez a quo dé curso a la demanda. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes y 441 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de ocho de septiembre de dos mil veintitrés, dictada a folio N° 3 en causa Rol C-7086-2023, del Primer Juzgado Civil de Rancagua, y, en su lugar se resuelve que el juez a quo, no inhabilitado que corresponda, dará curso a la demanda, dictando al efecto las resoluciones que en derecho correspondan. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1474-2023- Civil-.
Fallo
se resuelve que el juez a quo, no inhabilitado que corresponda, dará curso a la demanda, dictando al efecto las resoluciones que en derecho correspondan. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1474-2023- Civil-.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, cinco de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: Que, teniendo presente que el título que funda la ejecución es el pagaré que ya se encuentra acompañado a la demanda y que en esta etapa procesal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, no resulta procedente exigir otros documentos para proveer aquélla, por lo que corresponde
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