ASESORIAS Y SERVICIOS MARIO PIZARRO E.I.R.L. CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCION
Rol
Fecha
4 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Que en estos autos RIT I-70-2023, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, Rol Corte N°653-2023 - Laboral, se dictó sentencia definitiva el veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, que resolvió rechazar en todas sus partes el reclamo interpuesto por la sociedad GRUPO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS LIMITADA, en contra de la INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE CONCEPCION, respecto de la Resolución N°143, de fecha 20 de abril de 2023, manteniéndose así lo resuelto. En contra de dicha sentencia se alzó la parte reclamante, representada por el abogado Álvaro P. Naves Narváez, por la reclamante GRUPO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS LIMITADA, e interpuso recurso de nulidad, invocando como única causal la del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Se trajeron los autos en relación y en la audiencia respectiva expuso el abogado recurrente.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la única causal invocada por el recurrente es la prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana critica. Argumenta el impugnante que “El Tribunal de primera instancia en su
Fallo
fallo del 23 de agosto de 2023, infringe la norma del análisis y fundamentación según la sana crítica antes señalada, por cuanto el fallo impugnado sencillamente carece de un análisis de la prueba rendida y el razonamiento que conduce a la estimación de los hechos como probados.”. Afirma que –de la lectura de los considerandos Séptimo y Octavo de la sentencia- “Es evidente la carencia de una ponderación y apreciación de la prueba conforme lo establece el artículo 456, toda vez que no se expresan las razones jurídicas y las simplemente lógicas, científicas o técnicas y muy por el contrario, son reemplazadas por apreciaciones arbitrarias y subjetivas respecto a los antecedentes del proceso, prescindiendo de medios probatorios sin expresión de razones. Al efecto, La abundante prueba documental ofrecida y acompañada por esta parte en la audiencia de juicio, da cuenta de la situación fáctica, los cuestionamientos a la Resolución impugnada, la imposibilidad de subsanar en varios casos, como el caso del trabajador Antonio Sifontes Moreno, quien fue desvinculado con fecha 07 de enero de 2023, en el mismo sentido la situación de la Trabajadora Sandra Agurto Muñoz, desvinculada el 22 de diciembre de 2022, y las correcciones confirmadas con las declaraciones juradas de Marco Hernandez Acosta, Antonio Sifontes Moreno, Carlos Romero Benavides, Paulina Pozo y Rodrigo Rojas, en todos estos casos se expone en forma clara y precisa los errores involuntarios, correcciones y todos estos fuero
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción. Concepción, cuatro de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO: Que en estos autos RIT I-70-2023, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, Rol Corte N°653-2023 - Laboral, se dictó sentencia definitiva el veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, que resolvió rechazar en todas sus partes el reclamo interpuesto por la sociedad GRUPO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
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