FIBRO SONOCO S.A. CON FIBROENVASES SPA Y OTRO
Rol
Fecha
4 de diciembre de 2023
Materia
INDEMNIZACIÓN LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de veinte de diciembre del año dos mil veintidós, dictada por el 1° Juzgado Civil de San Miguel, con declaración que el tribunal a quo, dado el incumplimiento constatado por la parte demandada, deberá apercibirla en la forma que establece la ley, en el más breve plazo. Devuélvase. N° 35-2023-Civil
Texto Completo (Preview)
Certifico que alegó revocando el abogado Guillermo Villarroel Sanhueza. San Miguel, 4 de diciembre de 2023. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, cuatro de diciembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 20: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de vein
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