FLORES ARMINJO CLAUDIA MANUELA / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
1 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Claudia Manuela Flores Armijo, y deduce acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° R-01-UME-86173-2023, de fecha 28 de junio de 2023, y que confirmó el rechazo a las licencias médicas 65459421-K, 67220235-3, 67920897-7, 68590128-5, 69174135-4, 70450320-2, 71291304-5, 72412039-3, 72810257-8, 73331884-8, 74043517-5, 75358027-1, 75922762-K, extendidas por un total de 216 días a contar del 3 de febrero de 2022, por reposo no justificado, con lo cual se vulnerarían los derechos fundamentales consagrados en los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que los
Fundamentos
fundamentos de la confirmación del rechazo de las licencias médicas no dependen de la recurrente, pues ha seguido una terapia regular con médicos especialistas derivados por el servicio público del CESFAM asignado a su domicilio, quienes han guiado su terapia y los tratamientos. Alega que adjuntó informes médicos emitidos por el doctor Alberto Allende Jones por los psicólogos, que afirman que realizó el tratamiento médico como le fue indicado, respetando los controles y el tratamiento farmacéutico y la psicoterapia. EL no pago del subsidio por licencia médica empeoró su estado mental, ya que no tiene los ingresos que necesita para poder subsistir, todo lo cual, afirma, afecta su derecho a la vida e integridad física y psíquica. Alega que esta situación la obligó a volver a sus labores el día 22 de noviembre de 2022, a pesar de continuar con el tratamiento farmacéutico y sin subsidio por incapacidad laboral. Hace presente que las licencias rechazas por el acto reclamado no es el total de las licencias. Si bien son por un total de 216 días, ya existen otras licencias previamente rechazadas por un total de 137 días, por las cuales también recurrió de protección, acción que fue rechazada por ser interpuesta fuera de plazo, según señala, en causa N° 1104-2022, de esta Corte, con fecha 5 de mayo de 2022. Solicita, en concreto, se acceda a ordenar a la recurrida que deje sin efecto la Resolución Exenta N° R-01-UME-86173-2023, de fecha 28 de junio de 2023, y en su lugar autorice las licencias médicas N° 65459421-K, 67220235-3, 67920897-7, 68590128-5, 69174135-4, 70450320-2, 71291304-5, 72412039-3, 72810257-8, 73331884-8, 74043517-5, 75358027-1, 75922762-K. Segundo: Que, informando, Rodrigo Mora Delgado, presidente de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región Metropolitana (COMPIN), solicita el rechazo del recurso de protección, indicando que la entidad ha actuado dentro de sus facultades legales para confirmar el rechazo de las licencias por parte de la Isapre, actuación que estima justificada a la luz de los antecedentes, por reposo no justificado. Tercero: Que, informando, Sebastián De La Puente Hervé, abogado en representación de SUSESO, solicita el rechazo del recurso de protección, alegando en primer lugar la extemporaneidad del recurso, fundado en que la recurrente reclamó el 3 de marzo de 2023 ante la SUSESO contra la resolución de rechazo de COMPIN, mientras que la presente acción constitucional fue ejercida recién el 18 de julio de 2023, transcurriendo más de cuatro meses desde que la recurrente efectivamente tomó conocimiento del acto recurrido y la interposición del recurso. El reclamo ante SUSESO sería generado como una última instancia de reclamación artificial para la extensión del plazo que permite interponer el recurso de protección. En subsidio de la extemporaneidad, alega que es improcedente la acción de protección en materias de seguridad social porque la garantía del artículo 19 N° 18 no es de aquellas que estén ampa
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción constitucional interpuesta por doña Claudia Manuela Flores Armijo en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-12680-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Claudia Manuela Flores Armijo, y deduce acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° R-01-UME-86173-2023, de fecha 28 de juni
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