/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
1 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, en favor de PEDRO MAURICIO ASSENCIO MOL, cédula nacional de identidad N° 12.966.466-5, del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Parral, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpone recurso de amparo correctivo en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL por incurrir en un acto ilegal al dictar la resolución de 13 de octubre del año 2023 que rechazó la solicitud de libertad condicional del amparado. El objeto de este recurso es que conceda en su favor la debida protección del derecho fundamental de libertad personal, restituyendo el imperio de las garantías constitucionales, concediendo, en definitiva, Libertad Condicional de su representado. Solicita se acoja el recurso en favor de su representado, concediendo la debida protección a su derecho a la libertad, disponiendo como medida para el reestableciendo el imperio del derecho, la concesión de la Libertad Condicional. En relación a los hechos fundantes del recurso señala que PEDRO MAURICIO ASSENCIO MOL se encuentra cumpliendo condena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de Tráfico de pequeñas cantidades en causa RUC 1900381886-4 del Juzgado de Garantía de Parral. El inicio de su condena es el día 1 de junio de 2022 y el término de la condena es el día 17 de noviembre de 2024. El tiempo mínimo de postulación es el día 18 de noviembre de 2023 y además registra actualmente 4 bimestres de muy buena conducta. Reclama que la resolución mediante la cual rechaza la concesión de libertad condicional a por supuestamente, no cumplir con los requisitos necesarios para, se erige como un supuesto errado, constituyendo un acto ilegal y arbitrario que afecta la libertad personal del amparado, en contravención a lo dispuesto por la Constitución y en el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional y el Decreto 338 de septiembre 2020 que aprueba el Reglamento sobre Libertad Condicional. La ley N° 21.124, que modifica el DL 321, Sobre la Libertad Condicional, en el inciso primero de su artículo 1 expresa: La libertad condicional es un medio de prueba de que la persona condenada a una pena privativa de libertad y a quien se le concediere, demuestra, al momento de postular a este beneficio, avances en su proceso de reinserción social. La nueva regulación que rige la concesión de este beneficio, establece requisitos claros y precisos contemplados en el artículo 2º del DL 321 modificado por la ley 21.124, sin embargo lo importante y esencial para conceder dicho beneficio es que el condenado pueda demostrar avances en su proceso de reinserción social. Entonces, la libertad condicional es un beneficio que no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que es un modo particular de hacerla cumplir en libertad por la persona condenada y
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de PEDRO MAURICIO ASSENCIO MOL y contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL por haber dictado resolución de fecha 13 de octubre 2023. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°500-2023/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, uno de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, en favor de PEDRO MAURICIO ASSENCIO MOL, cédula nacional de identidad N° 12.966.466-5, del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Parral, quien de conformidad a lo
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