WOLF/INUEVA MASVIDA S. A
Rol
Fecha
29 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°).- Que el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales establece entre los requisitos de admisibilidad del recurso de queja, que las faltas o abusos graves que lo motivan se hayan cometido en una sentencia definitiva o interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación y que no sea susceptible de recurso alguno, ordinario o extraordinario. 2°).- Que, por su parte, el artículo 97 del citado cuerpo normativo, dispone “Las sentencias que dicte la Corte Suprema al fallar los recursos de casación de fondo y forma, de nulidad en materia penal, de queja, de protección y de amparo, así como la revisión de sentencias firmes, no son susceptibles de recurso alguno, salvo el de aclaración, rectificación y enmienda que establece el artículo 182 del Código de Procedimiento Civil. Toda solicitud de reposición o reconsideración de las resoluciones a que se refiere este artículo será inadmisible y rechazada de plano por el Presidente de la Corte, salvo si se pide la reposición a que se refieren los artículos 778, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil”. 3°).- Que, a su vez su artículo 63 prescribe que “Las Cortes de Apelaciones conocerán: 1º En única instancia: c) De los recursos de queja que se deduzcan en contra de jueces de letras, jueces de policía local, jueces árbitros y órganos que ejerzan jurisdicción, dentro de su territorio jurisdiccional (…)”. 4°).- Que del análisis del recurso interpuesto se desprende que el mismo se ha interpuesto en contra de la decisión adoptada por la Excma. Corte Suprema- cuya fecha no se precisa-, que en conocimiento del recurso de apelación deducido contra la sentencia dictada en la causa Rol N° 7546-2022 por la Iltma. Corte de Apelaciones de Valdivia, decidió rechazar el recurso de protección entablado. 5°).- Que, de lo anterior, se evidencia que la resolución que lo motiva, atendida su naturaleza, no es susceptible de impugnarse por esta vía, al no ser esta Corte el órg
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha veintiuno de noviembre del año en curso. Archívese. N°Civil-18121-2023.mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la Ministra (s) señora Paola Díaz Urtubia y el Abogado Integrante señor Eduardo Gandulfo Ramírez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés. Proveyendo al folio N° 1: A todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°).- Que el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales establece entre los requisitos de admisibilidad del recurso de queja, que las faltas o abusos graves que lo motivan se hayan cometido en una sentencia definiti
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica