ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de noviembre de 2023
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
CONFIRMADA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos de la juez a quo y
Fundamentos
considerando además lo dispuesto en el artículo 3° inciso final de la Ley 14.908, sobre todo el hecho que no hay elementos para tener por acreditado aun que los demandados tengan un ingreso distinto de pensión de vejez, no existe mérito para decretar una pensión de alimentos provisoria, por ahora. Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA sin costas del recurso, la resolución apelada de fecha veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés, dictada en...
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos de la juez a quo y considerando además lo dispuesto en el artículo 3° inciso final de la Ley 14.908, sobre todo el hecho que no hay elementos para tener por acreditado aun que los demandados tengan un ingreso distinto de pensión de vejez, no existe mérito para de
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