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Rol
Fecha
30 de noviembre de 2023
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía, motivo por el cual el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el nueve de noviembre del año en curso (folio N°23), en contra de la resolución de seis del mismo mes y año (folio N°21). Devuélvase. N°Civil-18111-2023.mst
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el nueve de noviembre del año en curso (folio N°23), en contra de la resolución de seis del mismo mes y año (folio N°21). Devuélvase. N°Civil-18111-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la provid
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