SIN INFORMACION

HERRERA JIMENEZ CARLOS ALBERTO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Carlos Alberto Herrera Jiménez, condenado, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que estima ilegal consistente en la resolución adoptada por la recurrida de rechazarle el beneficio de libertad condicional al que postuló, correspondiente al segundo semestre del año en curso, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Señala que se encuentra cumpliendo una condena de 35 años y cuatro meses. Haciéndose cargo de los

Fundamentos

motivos por los cuales la recurrida rechazó otorgarle el beneficio solicitado, alega que no es real el riesgo de reincidencia, pues el delito por el cual cumple condena lo cometió hace 41 años atrás, el 25 de febrero de 1982, viviendo en Chile bajo un estado de excepción constitucional. Se acogió a retiró del ejercito el año 1991, ya no existen las instituciones de inteligencia a las cuales sirvió, tiene 72 años, tiene cáncer, operado de cataratas y es resistente a la insulina, sus jefes fallecieron hace muchos años, al igual que la mayoría de los suboficiales que trabajaron con él. Por otro lado, refiere que es efectivo que tiene pocas amistades, lo cual es propio de su condición de privación de libertad, sin perjuicio que su familia lo visita en forma habitual. Alega que se responsabiliza por los hechos delictivos en los cuales participó. Sostiene que si bien, en el informe del primer semestre del año 2021, gendarmería informó que tiene diagnóstico de psicopatía, hace alusión a informes presentados por su parte en procesos anteriores que darían cuenta de lo contrario, es decir, de no contar con ningún rasgo de psicopatía. Sin embargo, si ese diagnóstico fuese efectivo, significaría que dicha condición la adquirió estando privado de libertad y,

Fallo

por tanto, estando bajo la responsabilidad de Gendarmería de Chile. Refiere que tiene bajo compromiso delictual, y que si recupera su libertad tiene proyectado vivir en su parcela fuera de Santiago, junto a una de sus hijas y su nieto. Pide se acoja el presente recurso, concediéndole la libertad condicional. SEGUNDO: Que, informando el ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido, correspondiente al segundo semestre del año 2023. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido que, de los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, en lo pertinente se avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgar el beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló: “(…) En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que, en evaluación de riesgo de reincidencia se indican factores de riesgo/necesidad medio, en relación a pares, mantiene trato cordial y confianza con algunos compañeros de reclusión junto a los que comparte cogniciones críticas relativas a la privación de libertad y a Gendarmería. Con el tiempo privado de libertad, refiere que sus amistades en el medio libre son escasas, eviden

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C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Carlos Alberto Herrera Jiménez, condenado, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelac

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