SIN INFORMACION

MILTON OLIVARES GALLARDO CONTRA FUNDICION ALTO NORTE

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DESESTIMADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de don Milton Olivares Gallardo, mecánico, cédula de identidad N°14.249.750-6, quien dedujo recurso de protección en contra del Complejo Metalúrgico Altonorte S.A., quien tiene a su cargo la Fundición Altonorte, Sector la Negra, Barrio Industrial, Antofagasta, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el bloqueo del acceso del recurrente a la faena de la recurrida, por lo que solicita a esta Corte restablecer el imperio del derecho, adoptando las medidas tendientes a asegurar la debida protección de sus derechos constitucionales, con costas. Informó la recurrida solicitando el rechazo del recurso, con costas. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: La parte recurrente funda su recurso señalando que, desde el año 2018 hasta la fecha, no puede tener acceso para ingresar a las instalaciones de la recurrida mediante una empresa contratista, estando bloqueado. Expone que, en septiembre de 2018, prestaría servicios a la recurrida con la empresa contratista Miguel Lillo Contreras, pero que, sin embargo, luego de múltiples intentos, no pudo hacer ingreso a las instalaciones por no aparecer como acreditado. Como consecuencia de ello y tras varios intentos fallidos, la empresa contratista en comento le pidió su renuncia, perdiendo aquella oportunidad laboral por el hecho de no poder ingresar a las dependencias de la empresa sin ninguna explicación. Actualmente, afirma que nuevamente intentó ingresar bajo la contratación de otra empresa contratista, llamada TECIC, no obstante, sigue bloqueado por lo que no fue posible su ingreso, perdiendo consecuencialmente otra oportunidad laboral. En virtud de ello, precisa que el día 25 de octubre de 2023 concurrió a las oficinas de la recurrida, donde un guardia de seguridad le informó que, al intentar su ingreso, le aparecía “todo en rojo y sin cédula de identidad”. Por otra parte, otro trabajador de la recurrida le indicó que cada empresa contratista debe ver el proceso de acreditación de sus trabajadores y que, si estos aparecen bloqueados, se les informa a tales empresas los motivos respectivos.

Fallo

Por lo expuesto, solicita a esta Corte restablecer el imperio del derecho, adoptando las medidas tendientes a asegurar la debida protección de sus derechos constitucionales, con costas. SEGUNDO: Informó don Camilo Rivera Castillo, abogado, en representación del Complejo Metalúrgico Altonorte S.A., solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes, por carecer de oportunidad y fundamentos jurídicos y por no existir en el caso de autos actuaciones ni arbitrarias ni ilegales por parte de su representada, con expresa condena en costas. Hace presente que el Complejo Metalúrgico Altonorte S.A. es una empresa que tiene a su cargo la actual explotación de una planta de beneficio de cobre del mismo nombre, también denominada como “Fundición Altonorte”, la que, en atención a la naturaleza de sus procesos productivos, los que son catalogados como peligrosos, está sujeta al cumplimiento de las regulaciones relativas al resguardo de la seguridad y salud ocupacional de todas las personas que prestan servicios o desempeñan labores en aquellas, así como también las derivadas de la legislación laboral. En atención a lo expuesto, debe dar cumplimiento a los deberes de cuidado tanto de los trabajadores propios, de contratistas, de subcontratistas, eventuales y visitas, por lo que existe en la reglamentación interna, requisitos específicos que regulan el ingreso a sus faenas, los que no difieren de aquellos establecidos por otras faenas o empresas, por lo que descarta cualquier tipo de ar

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de don Milton Olivares Gallardo, mecánico, cédula de identidad N°14.249.750-6, quien dedujo recurso de protección en contra del Complejo Metalúrgico Altonorte S.A., quien tiene a su cargo la Fundición Altonorte, Sector la Negra, Barrio Industrial, Antofagasta, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el bl

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