IVAN EDUARDO VELASQUEZ GODOY C/ MOIRA CATALINA CUYUL CAYUN
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo en relación con el artículo 155 del Código Procesal Penal, se aprecia que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la víctima y de fuga, siendo proporcionadas e idóneas las medidas cautelares dispuestas por la jueza a quo, atenida la naturaleza del delito por el cual fue formalizada la investigación y sus circunstancias de comisión, razones por las se confirma la resolución de fecha veintiuno de noviembre del año en curso, pronunciada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Castro, doña Jesica Andrea Yáñez Sanhueza, que contra la imputada Roxana Luz Cuyul Cayun dispuso las medidas cautelares de arraigo nacional, prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de estudios o cualquier lugar en que se encuentre o visite habitualmente y la prohibición de comunicarse con la víctima. Devuélvase. Rol Penal Nº1301-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesi
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