SIN INFORMACION

GIUSEPPE FRANCISCO SANTILLO SEPÚLVEDA / CARMEN GLORIA RIVEROS CHÁVEZ

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración que el artículo 655 del Código de Procedimiento Civil dispone que “para poner término al goce gratuito de alguno o algunos de los comuneros sobre la cosa común, bastará la reclamación de cualquiera de los interesados; salvo que este goce se funde en algún título especial”; por tanto, se le reconocen al ocupante del bien determinados derechos que debe tener la posibilidad de hacer valer en caso de detentarlos, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés, y en su lugar se declara, que se da traslado a la parte demandada de la solicitud de cese de uso y goce gratuito del inmueble realizada por el demandante. Devuélvase. N°Civil-3138-2023.

Fallo

por tanto, se le reconocen al ocupante del bien determinados derechos que debe tener la posibilidad de hacer valer en caso de detentarlos, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés, y en su lugar se declara, que se da traslado a la parte demandada de la solicitud de cese de uso y goce gratuito del inmueble realizada por el demandante. Devuélvase. N°Civil-3138-2023.

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración que el artículo 655 del Código de Procedimiento Civil dispone que “para poner término al goce gratuito de alguno o algunos de los comuneros sobre la cosa común, bastará la reclamación de cualquiera de los interesados; salvo que este goce se fun

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