SIN INFORMACION

LOPEZ/SUBSECRETARIA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

MIGCJ13. RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que, a folio 1 se deduce acción constitucional de protección en favor de MARCO ANTONIO LOPEZ PEREZ, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva solicitada, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicitó ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Que, el Servicio Nacional de Migraciones opone excepción de falta de legitimación pasiva y cosa juzgada, en cuanto al fondo, evacúa el informe solicitado y se traen los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: I.- En cuanto a la excepción de falta de legitimación pasiva. Primero: Que, el Servicio recurrido opone la excepción de falta de legitimación pasiva, argumentando que la supuesta acción u omisión que se considera ilegal o arbitraria emana de terceros indeterminados y no respecto de éste, pues no ha dejado en estado de indefensión al actor, procurando mantener su situación regular conforme a la normativa vigente. Segundo: Que, de la normativa vigente, se advierte que es el Servicio, recurrido en estos autos, el llamado a emitir pronunciamiento respecto de la solicitud incoada por el recurrente, y no otras entidades como lo señala la autoridad administrativa, pues lo alegado es la omisión de dicho pronunciamiento, motivo por el cual la excepción de falta de legitimación pasiva será desestimada. II.- En cuanto al fondo. Tercero: Que, se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho ante la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia temporal presentada por la recurrente. Cuarto: Que idéntica acción constitucional fue deducida por la actora en la Protección Rol Nº 3169-2023, seguida ante esta Iltma. Corte de Apelaciones, la que fuera rechazada mediante sentencia con fecha 21 de abril de 2023. Quinto: Que de lo anteriormente expuesto se sigue que en la especie concurren los supuestos planteados por la Administración, en cuanto al confrontar la acción deducida en ambos pleitos, su objeto y fundamento, resulta evidente que es la misma situación jurídica que se pretende someter nuevamente a la decisión judicial, lo que resulta improcedente. Atendido lo antes concluido, resulta innecesario pronunciarse sobre el fondo de la acción constitucional materia de autos.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara: I.- Que se rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva. II.- Que se rechaza, sin costas respecto del recurso de protección deducido en autos a favor de MARCO ANTONIO LOPEZ PEREZ en contra de Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. No sujeta a anonimización. N°Protección-22906-2023.

Texto Completo (Preview)

tcc C.A. Apelaciones Valparaíso, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Que, a folio 1 se deduce acción constitucional de protección en favor de MARCO ANTONIO LOPEZ PEREZ, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva solicitada, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Soli

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