ANONIMIZADO
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por el señor Juez recurrido, que existe certeza respecto de la resolución objeto del recurso, y lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes, y 203, 205 y 206, todos del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el recurso de hecho interpuesto en contra de la resolución de veinticinco de octubre de dos mil veintitrés, dictada en la causa RIT, caratulada “Salinas/Aburto”, seguida ante el Juzgado de Familia de Iquique, y en consecuencia, SE CONCEDE, en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación deducido por la parte demandada en contra de la resolución de doce de octubre de dos...
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por el señor Juez recurrido, que existe certeza respecto de la resolución objeto del recurso, y lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes, y 203, 205 y 206, todos del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el recurso de hecho interpuesto en contra de la resolución de veinticinco
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