ANONIMIZADO
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo resuelto por la Iltma, Corte de Apelaciones de Concepción y teniendo presente el principio de inexcusabilidad dispuesto por los artículos 76 de la Constitución Política de la República y 10 del Código Orgánico de Tribunales, se revoca la resolución apelada de trece de diciembre de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado de Familia de Santiago y, en su lugar, el tribunal deberá proveer la demanda como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Familia-4343-2022. En Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo resuelto por la Iltma, Corte de Apelaciones de Concepción y teniendo presente el principio de inexcusabilidad dispuesto por los artículos 76 de la Constitución Política de la República y 10 del Código Orgánico de Tribunales, se revoca la resolución apelada de trece de dicie
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica