ALLANCÁN/CGE DISTRIBUCIÓN S.A.
Rol
Fecha
30 de noviembre de 2023
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Fallo
fallo y en virtud de esa reiteración, lo concederá, si procediere; no existiendo, en consecuencia, asunto que deba conocer actualmente esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, respecto de los recursos de apelación interpuestos por la parte demandada con fecha doce de septiembre y por la parte demandante con fecha veinticuatro de octubre ambos del año en curso, contra la resolución que recibe la causa a prueba de fecha nueve de agosto de los corrientes debiendo el Tribunal a quo tenerlo por interpuesto y concederlo, en su oportunidad, si procediere. Devuélvase. N°Civil-18.040-2.023.
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago Santiago, treinta de noviembre de dos mil veintitrés. Atendido lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, norma que prescribe que, deducido un recurso de apelación, en juicios de menor cuantía, contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el
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