SIN INFORMACION

MUÑOZ/DIRECCIÓN REGIONAL DEL MAULE GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, con fecha 31 de octubre del presente comparece doña Cecilia Paz Orlandini Retamal, abogada, con domicilio en calle Claudio Arrau 678, Chillán, quien en representación de doña Delmirian del Carmen Muñoz Riquelme, actualmente en prisión preventiva en autos RIT 3933-2023, interpone recurso de protección en contra de Gendarmería de Chile. Refiere la letrada que el pasado 13 de junio de 2023, se formalizó ante el Juzgado de Garantía de Chillán a doña Delmirian y otros por el delito de microtráfico en pequeñas cantidades, quedando en prisión preventiva sólo por sus antecedentes pretéritos, haciendo presente que hace pocos días se realizó la audiencia de revisión de prisión preventiva, negándosele la libertad, porque tenía antecedentes penales y no se acreditaba todavía que ella no había participado en los hechos. Expresa que con la declaración prestada por el hermano de su representada ha quedado acreditado que su representada no participó, sino que él era el que estaba traficando en la casa ese día. Indica que el problema es que su representada sufre de muchas enfermedades, como úlceras esofágicas, diabetes, hipertensión, hernia umbilical entre otros y la han llevado varias veces al CESFAM Violeta Parra para atención médica dado la gravedad de sus patologías. Es por ello que solicitó en varias oportunidades que fuere llevada al Hospital para una revisión total y acabada de su salud, haciendo presente que el pasado 31 de noviembre se le avisó por parte del esposo de su representada que del CDP la llevaron de urgencia al Hospital Herminda Martin y la atendieron porque se le reventó su hernia umbilical y estaba grave, y es en razón de tales hechos que interpone la presente acción constitucional en contra de Gendarmería de Chile, ya que varias veces se solicitó al Tribunal su derivación a un Centro Asistencial de Alta Complejidad y nunca se hizo, hasta ahora, en un estado en que se vulnera su derecho a la vida, salud, integridad física y psíquica, estableci

Fallo

en mérito de lo expuesto habiéndose evidenciado que Gendarmería ha ejecutado todas las acciones de salud tendientes a proteger la vida e integridad física de la imputada, no siendo resorte de esta institución la decisión de su hospitalización, solicita el rechazo del presente recurso en todas sus partes. 3°.- Que, para analizar el asunto planteado por la presente vía, resulta conveniente consignar que el recurso de Protección de Garantías Constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que priva, o amenace ese atributo. 4°.- Que, es requisito indispensable de la acción de protección, la existencia de un acto u omisión ilegal, esto es, contrario a la ley, o arbitrario, producto del mero capricho de quién incurre en él, y que provoque algunas de las situaciones o efectos que se han indicado, afectando a una o más de las garantías -preexistentes- protegidas, consideración que resulta básica para el examen y la decisión de cualquier recurso como el que se ha interpuesto. 5°.- Que, cabe reflexionar, a la luz de lo recién expuesto, que esta acción de cautela de derechos constitucionales constituye una vía destinada a dar protección respecto de garantías cuya existencia

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Chillán, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Visto: 1°.- Que, con fecha 31 de octubre del presente comparece doña Cecilia Paz Orlandini Retamal, abogada, con domicilio en calle Claudio Arrau 678, Chillán, quien en representación de doña Delmirian del Carmen Muñoz Riquelme, actualmente en prisión preventiva en autos RIT 3933-2023, interpone recurso de protección en contra de Gendarmerí

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