ARGOTE/ISAPRE CON SALUD S.A.
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Comparece el abogado Erwin Möller Rubio, en representación de don Luis Ignacio Argote Albornoz, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Consalud S.A. por los actos ilegales y arbitrarios cometidos al aplicar un precio improcedente por la inclusión en el contrato de salud respecto de su carga menor de dos años, en contravención a las instrucciones establecidas por la Excelentísima Corte Suprema, en causa Rol 16.630-2022, vulnerando las garantías constitucionales del artículo 19 N° 2, 9 y 24. Expone que tiene contrato de salud vigente con la recurrida, y que mediante Formulario Único de Notificación (FUN), el recurrente ingresó a su plan de salud como carga a su hijo menor de dos años nacido el 16 de agosto de 2023, refiriendo que los cambios en su plan se harán efectivos el 1 de agosto. Señala que el precio base de su plan es de 1,44 UF, sin embargo, se le adiciona improcedentemente por su carga un cobro en su plan complementario de 2,592 UF, sin embargo, la cobertura para tales prestaciones, ya se encuentra integrada al plan complementario de salud en la Prima GES, que es parte de tal instrumento, de modo tal, que se hace evidente una duplicación del cobro por parte de la Isapre, sin causa legítima. Cita el
Fallo
fallo de 04 de septiembre de 2018, del Tribunal Constitucional, el cual estima que los riesgos del nuevo beneficiario ya están cubiertos por el Plan AUGE-GES; y el fallo de la Excelentísima Corte Suprema en causa 9432-2019, que considera desproporcionado adecuar el precio del Plan Complementario al incorporar una carga al plan, así como lo dispuesto en la resolución de fecha 26 de enero del presente año, dictada por la Excelentísima Corte, en causa Rol 16.630-2022, que aclarando de manera explícita el momento desde el que tendrá aplicación lo relativo al tratamiento de las cargas menores de dos años, refiere es desde el 20 de noviembre de 2022, por lo que la instrucción de suspensión del cobro de factor de riesgo, no es un acto dependiente ni condicionado a ninguna otra circunstancia más que el llamado a detener una acción ilegítima y arbitraria, y que sin embargo, la recurrida continúa incumpliendo y vulnerando en los derechos de su representada. Estima vulneradas las garantías de igualdad ante la Ley, derecho a la protección de la salud y el derecho de propiedad, resguardados en el artículo 19 numerales 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Solicita se declare como arbitrario e ilegal la duplicidad de cobros, debiendo la recurrida abstenerse de aplicar cobros en el cálculo del precio del Plan Complementario por su carga menor de dos años y limitarse únicamente a cobrar la prima GES; que dicha abstención se mantenga hasta la primera anualidad en que se con
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C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: Primero: Comparece el abogado Erwin Möller Rubio, en representación de don Luis Ignacio Argote Albornoz, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Consalud S.A. por los actos ilegales y arbitrarios cometidos al aplicar un precio improcedente por la inclusión en el contrato de salud respe
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