SEPÚLVEDA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece abogada Javiera Santana Vásquez, quien interpone recurso de amparo a favor de FELIPE SLANDY SEPULVEDA PLAZA, quien actualmente cumple condena a 4 años dictada por Juzgado de Garantía de Los Andes y en contra de Gendarmería de Chile, para que la Corte le conceda el beneficio de la libertad condicional. Expone que el interno se encuentra cumpliendo sanción de 4 años de presidio menor en su grado máximo, debiendo cumplir en forma efectiva, por el delito de robo con Violencia, perpetrado el día 23 de octubre de 2018 y privado de libertad ininterrumpidamente hasta la fecha de hoy, desde el día 12 de junio de 2020. Señala que el amparado ha cumplido con los requisitos del Decreto Ley 321 de Libertades Condicionales y habiéndose solicitado a Gendarmería de Chile desde el mes de octubre del presente y con fecha 10 de noviembre la Comisión de Libertad Condicional le negó la libertad condicional a su representado, la que percibe como arbitraria. En tal sentido, sostiene que lo resuelto ha determinado que el amparado permanezca privado de su libertad ambulatoria en forma ilegal y arbitraria, toda vez que él ha cumplido los requisitos fijados en el Decreto Ley mencionado, y sus modificaciones. Solicita, en definitiva, se le otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos. A folio 4, evacúa informe Gendarmería de Chile, Director Regional de Valparaíso, señalando que el interno se encuentra recluido en el CDP Santiago Sur, Región Metropolitana desde el 30 de junio de 2022, por lo que desconoce
Fundamentos
motivos de la interposición de la medida cautelar. A folio 5, informa la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que el interno no fue incluido en el listado de los postulantes para el segundo semestre de 2023. A folio 10 informa la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, señalando que el amparado se encuentra recluido actualmente en el C.D. P Santiago sur, y si fue postulado, al periodo de postulación de 2 semestre de 2023, por reunir los requisitos legales de tiempo mínimo y de observación de conducta. Añade que ese servicio no emite pronunciamiento respecto al resultado de la postulación. Solicitando se rechace le recurso en todas sus partes. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que por la vía del presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad de la actuación de Gendarmería de Chile, al no cursar la solicitud de que se conceda la Libertad Condicional de su representado. Segundo: Que de acuerdo a lo informado por la Comisión de Libertad Condicional tanto como Gendarmería de Chile de la Región, el amparado no ha sido postulado el segundo semestre de 2023 al proceso de libertades condicionales y se encuentra actualmente cumpliendo sanción en la ciudad de Santiago en el recinto penal CDP Santiago Sur. Que al respecto Gendarmería de Chile de la Región Metropolitana, refrenda lo señalado añadiendo que Sepúlveda Plaza sí fue postulado en dicha ciudad a la libertad condicional por cumplir los requisitos para ello, desconociendo el resultado de dicho proceso puesto que no es de su competencia. Tercero: Que, de este modo, la recurrida no ha incurrido en ilegalidad alguna que afecte al amparado, toda vez que no ha emitido acto alguno que perjudique a este último. Además, según se desprende de lo informado, tampoco es efectivo que el interno Sepúlveda no haya sido postulado al proceso de libertades condicionales del periodo respectivo, por lo que no se advierte que la recurrida haya vulnerado la garantía constitucional del artículo 19 N°7 letra b), motivo por el cual la presente acción será rechazada.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de FELIPE SLANDY SEPULVEDA PLAZA, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. No sujeto a anonimización. N°Amparo-2553-2023. En Valparaíso, veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparece abogada Javiera Santana Vásquez, quien interpone recurso de amparo a favor de FELIPE SLANDY SEPULVEDA PLAZA, quien actualmente cumple condena a 4 años dictada por Juzgado de Garantía de Los Andes y en contra de Gendarmería de Chile, para que la Corte le conceda el beneficio de
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