RECURRENTE:MARIELA FARIAS SEPULVEDA RECURRIDOS:MANUEL FIGUEROA ZAAVEDRA ORPRO Y FONDE DE PENSIONES PROVIDA RANCAGUA
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que, del análisis del contenido del recurso y sus peticiones concretas, se verifica que el acto contra el cual se reclama se trata de un asunto de carácter jurisdiccional que ya se encuentra sometido al conocimiento de un tribunal de justicia, tal como da cuenta el propio recurrente y según consta de la revisión de la causa P-933-2010 del Juzgado Laboral de esta ciudad, en la que aparece que el actor ha hecho valer sus derechos en dicha sede, contando con los recursos procesales ordinarios que correspondan, por lo que no resulta ser la presente acción cautelar la vía idónea para resolver la pretensión del actor. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se declara inadmisible el recurso de protección deducido por doña MARIELA FARIAS SEPULVEDA. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol Protección-3389-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección deducido por doña MARIELA FARIAS SEPULVEDA. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol Protección-3389-2023.
Texto Completo (Preview)
pfl C.A. de Rancagua Rancagua, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: Que, del análisis del contenido del recurso y sus peticiones concretas, se verifica que el acto contra el cual se reclama se trata de un asunto de carácter jurisdiccional que ya se encuentra sometido al conocimiento de un tribunal de justicia, tal como da cuenta el propio recurrente y según consta de la revisió
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica