SIN INFORMACION

GONZALEZ ARANEDA MIGUEL ANGEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

23 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Mauricio Narbona Martínez, quien interpone recurso de amparo en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República en favor de Miguel ángel González Araneda, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en CDP Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en la resolución tomada por la recurrida el 31 de octubre del año en curso, por la cual se rechaza el beneficio de libertad condicional al que postuló, correspondiente al segundo semestre del presente año. Indica que el amparado tiene 75 años de edad, que tiene una serie de enfermedades entre ellas diabetes, hipertensión, gota, junto con haber sufrido dos IAM manteniendo un sten y con síntomas de parkinson. Añade que cumple con el requisito de conducta pues en los últimos 3 bimestres ha sido calificado con conducta “Muy Buena”. Y el tiempo de condena, señalando que cuenta con una red de apoyo relevante a la hora de continuar su proceso de reinserción social. Argumentando, además, que se debe tener en consideración la edad de condenado. Por lo anterior, pide acoger la presente acción cautelar, disponiendo dejar sin efecto lo decidido por la Comisión de Libertad Condicional y decretar se concede al amparado el beneficio de cumplir bajo el régimen de libertad condicional el saldo de la pena que actualmente sirve. Segundo: Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidenc

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Miguel Ángel González Araneda en contra la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2655-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés. Al folio 9: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Mauricio Narbona Martínez, quien interpone recurso de amparo en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República en favor de Miguel ángel González Araneda, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en C

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