CHRISTIAN RODRIGO URRUTIA CASTRO C/ MARCO ANTONIO CISTERNAS CASTILLO
Rol
Fecha
23 de noviembre de 2023
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON SUSPENSION DE LICENCIA ART. 196 Y 209 INC. 2 LEY DE TRANSITO
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en cuanto a la alegación de inadmisibilidad formulada por la defensa en audiencia, fundada en la ausencia de agravio del recurrente por la resolución impugnada, cabe señalar que en la especie el perjuicio ocasionado al apelante está dado por no haberse otorgado por el tribunal de la instancia todo lo solicitado por el persecutor, como lo fue, precisamente, la expresa petición de no conceder pena sustitutiva alguna, por lo que solo cabe desestimar esta incidencia previa, al cumplir el arbitrio deducido con todos sus requisitos formales de procedencia. SEGUNDO: Que, en cuanto al fondo, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo particularmente presente que el literal c) del artículo 8° de la Ley N° 18.216 exige, para otorgar la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria, evaluar, entre otros, la conducta anterior y posterior del penado, en relación al hecho punible materia del enjuiciamiento, como también la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, para que, a partir de ello, se pueda efectuar una prognosis, en orden a que la pena de reclusión parcial lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos, exigencia que en concepto de estos sentenciadores no se verifica en el caso concreto, ello atendiendo a la naturaleza y modalidad del último delito cometido, conducir con licencia cancelada, de lo cual se evidencia una conducta contumaz y anti normativa, que permite inferir la falta de acatamiento a las decisiones jurisdiccionales y a las consecuencias jurídicas de la aplicación de la pena y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1° y 37 de la Ley N° 18.216 y 358, 360 y 370 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, en lo apelado, la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Coquimbo el treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, en aquella parte que concedió pena sustitutiva al sentenciado Marco Antonio Cisternas Castillo, disponiéndose en su lugar que no se concede al sentenciado previamente individualizo pena sustitutiva alguna, ordenándose el cumplimiento efectivo de la sanción corporal impuesta. Acordada con el voto en contra de la Ministra Titular Sra. Sandoval, quien fue del parecer de confirmar con declaración la resolución recurrida, en el sentido de disponer que la reclusión parcial nocturna domiciliaria debe desarrollarse de lunes a domingo, por considerar que el sentido de la legislación es que los sentenciados con condenas anteriores puedan optar a penas sustitutivas. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator Felipe Vilches Contreras. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1665-2023 Penal.-
Texto Completo (Preview)
Cisternas Castillo, Marco Antonio Conducción estado de ebriedad con suspensión de licencia Rol N° 1665-2023 (Rit 1910-2023 del Juzgado de Garantía de Coquimbo).- La Serena, veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés. Siendo las 10:04 horas ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro Señor Christian Le-Cerf Raby e integrada por la Ministra Señora Marcela Sandoval
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