JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COELEMU

MP C/ WINDER JOSE PEREZ RENDON

Rol

Fecha

23 de noviembre de 2023

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Que, en cuanto a la necesidad de cautela, conforme el mérito de autos y las alegaciones vertidas en estrados, en particular la circunstancia de que la víctima ha trasladado su domicilio a otra ciudad y que no se registran otras denuncias de violencia intrafamiliar, no bastando para presumir peligro de fuga la calidad de extranjero en situación migratoria irregular para imponer la medida cautelar más gravosa del sistema procesal penal, resultando ésta desproporcionada. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de once de noviembre en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Coelemu. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente R.I.C N° Penal-646-2023.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de once de noviembre en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Coelemu. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente R.I.C N° Penal-646-2023.-

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán mgab/pcr Chillán, veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés. Visto: Que, en cuanto a la necesidad de cautela, conforme el mérito de autos y las alegaciones vertidas en estrados, en particular la circunstancia de que la víctima ha trasladado su domicilio a otra ciudad y que no se registran otras denuncias de violencia intrafamiliar, no bastando para presumir peligro de fuga la cali

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