JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE

C/ EDUARDO FRANCO VARAS PENA

Rol

Fecha

21 de noviembre de 2023

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por la defensa en audiencia, teniendo únicamente presente que los fundamentos de la resolución recurrida no dan cuenta de la necesidad de cautela que justifica la prisión preventiva, vislumbrándose medidas cautelares de menor intensidad que permiten resguardar los fines del procedimiento, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de doce de noviembre de dos mil veintitrés, que decretó la prisión preventiva del imputado Eduardo Franco Varas Pena, y en su lugar

Fallo

se declara que no se da lugar a la solicitud del persecutor de decretar la prisión preventiva del encartado previamente individualizado, imponiéndose en su lugar la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno. Para estos efectos la defensa, dentro de un plazo de tres días, deberá señalar al tribunal de primera instancia un domicilio distinto de aquel respecto del cual existe la medida cautelar vigente de prohibición de acercamiento respecto de la víctima, impuesta en causa diversa. Comuníquese lo resulto al tribunal a quo, por la vía más expedita, a fin de que disponga la libertad inmediata del imputado, a menos que se encuentre privado de ella por causa diversa. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Felipe Vilches Contreras. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1705-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés. Siendo las 09:39 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz, e integrada por la Ministro titular señora Gloria Negroni Vera y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la d

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