SIN INFORMACION

PALMA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

21 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Rodrigo Palma Quezada, quien actualmente cumple condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional por la dictación de la Resolución N°1021-2023 de 5 de octubre de 2023, que rechazó la solicitud de libertad condicional del amparado. Expone que cumple una pena de 11 años por el delito de homicidio iniciando su cumplimiento el 24 de junio de 2018 y presenta fecha de cumplimiento de condena el 24 de junio de 2029, por lo que el tiempo mínimo informado por Gendarmería corresponde al 24 de diciembre de 2023. y

Fundamentos

considerando los 7 meses de rebaja de condena a su favor, culmina el 23 de mayo de 2023.e tndo los antecedentes del amparadoExpone que dicha resolución es ilegal puesto que se encuentra dentro de la hipótesis prevista en el artículo 2 y 3 del Decreto Ley N° 321. Finalmente solicita se restablezca el imperio del derecho, se decrete que se reconoce el derecho de la amparado a cumplir bajo el régimen de libertad condicional. A folio 4, informa la autoridad penitenciaria, acompañando los antecedentes del amparado. A folio 5, informa la Ministra de la Comisión de Libertad Condicional, acompañando los antecedentes tenidos a la vista para pronunciarse sobre la solicitud. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por la vía de presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad la resolución por medio de la cual la Comisión de Libertad Condicional rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado, por los fundamentos que en ella se indican. Segundo: Que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional no es ilegal, pues se encuentra facultada por el artículo 5º del Decreto Ley 321 de 1925, cuya redacción actual fue introducida por la Ley Nº 21.124 publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, además, el amparado renunció expresamente al proceso de postulación y no cuenta con el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional de conformidad al artículo 3° del Decreto Ley N°321 de 1975, toda vez que los dos tercios de su condena por el delito de homicidio se cumplen en julio de 2025, razón por la cual, la defensora penal pública penitenciaria se desiste en estrados del presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Rodrigo Palma Quezada, contra la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2534-2023. En Valparaíso, veinte de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Rodrigo Palma Quezada, quien actualmente cumple condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional por la dictación de la Resolución N°1021-2023 de 5 de octubre de 2023, que rechazó la solicitud de libertad con

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