ANONIMIZADO
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que no da lugar a la fórmula de pago ofrecida por el demandado, la que no se encuadra en ninguna de las situaciones contempladas en la norma legal citada precedentemente, por lo que el recurso debe ser declarado inadmisible. Por estas consideraciones, disposiciones legales...
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/ccv Concepción, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la r
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