ANONIMIZADO
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2023
Materia
ALIMENTOS, OTROS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes de los cuales aparece que la pensión de alimentos actual está siendo pagada a la alimentaria vía retención judicial; que la medida cautelar de retención de fondos acumulados en cuentas bancarias u otros instrumentos de inversión correspondientes al alimentante resulta excesiva en este escenario procesal; que la referida ley contempla otros mecanismos para asegurar el pago de la deuda alimenticia devengada, tales como lo previsto en el artículo 19 quinquiés de la Ley N° 14.908 y lo dispuesto en el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968, se revoca la resolución apelada...
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes de los cuales aparece que la pensión de alimentos actual está siendo pagada a la alimentaria vía retención judicial; que la medida cautelar de retención de fondos acumulados en cuentas bancarias u otros instrumentos de inversión correspondientes al alimentante resulta exce
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