NUÑEZ PONCE/COOPERATIVA TRANS
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2023
Materia
RECONOCIMIENTO FIRMA,CITACIÓN Y CONFESIÓN DE DEUDA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio el veinte de julio de dos mil veintidós (de fojas 380 a 387), en contra de la resolución de fecha catorce de julio del mismo año (fojas 379). Regístrese y devuélvase. N°Civil-1517-2022.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio el veinte de julio de dos mil veintidós (de fojas 380 a 387), en contra de la resolución de fecha catorce de julio del mismo año (fojas 379). Regístrese y devuélvase. N°Civil-1517-2022.
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Al folio N°11: por recibidos los antecedentes del Tribunal de base y por cumplido lo ordenado con fecha diecisiete de febrero del presente año. A los folios N°10 y 12: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas
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