SANCHEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el pasado 22 de junio, comparece ALESSANDRO EGIDIO ACERBI GODOY, abogado, cédula nacional de identidad N° 23.326.445-8, en nombre de LUCIA ISABEL SANCHEZ NAVAS, cédula de identidad N° 27.237.566-6, y JUAN ANDRÉS SÁNCHEZ NAVAS, cédula de identidad N° 27.237.609-3; ambos menores de edad, y debidamente representados por su madre doña NIDIA VERÓNICA NAVAS NAVARRO, cédula de identidad N° 27.127.926-4, casada, médico anestesiólogo, todos de nacionalidad venezolana, y domiciliados en Calle Manuel Antonio Caro 2333, comuna de Curicó, Región del Maule. Refiere que encontrándose dentro del plazo establecido en el número 1 y en mérito de lo dispuesto en el número 2 del Auto acordado sobre Tramitación y
Fallo
fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales decretado por la Excelentísima Corte Suprema con fecha 17 de julio de 2015, así como en ejercicio del derecho conferido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, vengo a interponer Recurso de Protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con domicilio en San Antonio 580, 6º Piso, Región Metropolitana de Santiago, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria, el derecho de los recurrentes, garantizado en el artículo 19 en su número 2 de la Constitución Política de la República, es decir, Igualdad ante la Ley, de manera de restablecer el imperio del derecho y asegurar su protección como afectados, todo conforme a los argumentos que semana en su presentación. Indica que los recurrentes presentaron sus solicitudes de Permanencia Definitiva en calidad de dependientes de su madre doña NIDIA VERÓNICA NAVAS NAVARRO, en fecha 25-10-2021. Dichas solicitudes fueron enviadas a través de la plataforma online del Servicio Nacional de Migraciones, disponible en el enlace: https://tramites.extranjeria.gob.cl/, adjuntando toda la documentación requerida para dichos trámites, e inmediatamente después de enviadas sus solicitudes el sistema les emitió el comprobante que acredita la fecha cierta del envío. A la fecha de interposición de la presente Acción Constitucional, el procedimiento de ambos recurrentes menores de edad aún se encuentra en trámite, sin embargo, resulta preocupante da
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el pasado 22 de junio, comparece ALESSANDRO EGIDIO ACERBI GODOY, abogado, cédula nacional de identidad N° 23.326.445-8, en nombre de LUCIA ISABEL SANCHEZ NAVAS, cédula de identidad N° 27.237.566-6, y JUAN ANDRÉS SÁNCHEZ NAVAS, cédula de identidad N° 27.237.609-3; ambos menores de edad, y debidamente representa
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