CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO C/ MOISÉS HEDILBRANDO OLIDEN SIPAN
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2023
Materia
USURPACION NO VIOLENTA . ART.. 458.
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Teniendo especialmente presente que de conformidad al artículo 392 del Código Procesal Penal, no se contempla recurso de apelación como medio de impugnación de la resolución que acoge un requerimiento en procedimiento monitorio, y que por lo mismo, al no contemplarlo la normativa especial que regula este instituto respecto de ningún interviniente, no corresponde acudir a las hipótesis generales del artículo 370 del señalado cuerpo legal, se declara INADMISIBLE el arbitrio presentado por el Consejo de Defensa del Estado. Devuélvase. Rol N° 635-2023 Penal. /rpc
Fallo
se declara INADMISIBLE el arbitrio presentado por el Consejo de Defensa del Estado. Devuélvase. Rol N° 635-2023 Penal. /rpc
Texto Completo (Preview)
Iquique, veinte de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO: Teniendo especialmente presente que de conformidad al artículo 392 del Código Procesal Penal, no se contempla recurso de apelación como medio de impugnación de la resolución que acoge un requerimiento en procedimiento monitorio, y que por lo mismo, al no contemplarlo la normativa especial que regula este instituto respecto de ningún interv
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