SIN INFORMACION

CRESPO SEPULVEDA FELIPE IGNACIO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

20 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Comparece Paola Sepúlveda Arriagada, por formulario manuscrito, en favor del condenado Felipe Ignacio Crespo Sepúlveda, y deduce acción de amparo en contra de la Resolución Exenta de treinta y uno de octubre del año en curso, de la Comisión de Libertad Condicional. Solicita se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional, decretando que se conceda la inmediata libertad al amparado. Segundo: Que, evacuando informe, el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, don Alejandro Aguilar Brevis, expuso que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio, citando la resolución impugnada, la cual establece que los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile dan cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado, agregando que: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de elevado compromiso delictual con un alto riesgo de reincidencia, evidenciando necesidades de intervención en los ítems pares, educación, empleo, uso de tiempo libre, orientación procriminal y patrón antisocial. No presenta capacidad reflexiva ni crítica respecto al estilo de vida que ha mantenido, sin que presente conciencia del delito ni del daño causado. No ha iniciado un proceso de intervención para su reinserción social y tampoco da cuenta de un proyecto claro y realista de vida fuera de la unidad penal, aportando un número de contacto de su red de apoyo que no existe. Los aspectos antes mencionados, demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social, como lo exige el Decreto Ley N°321.” Tercero: Que, de los antecedentes acompañados, aparece que el amparado tiene veintinueve años de edad, de mediano compromiso delic

Fundamentos

considerando que requiere nivelas estudios; Empleo, dado que requiere adquirir aprendizajes productivos; Uso de tiempo libre; pares, dada la asociación a pares criminógenos; patrón antisocial, considerando valores criminógenos internalizados. Sujeto que no presenta capacidad reflexiva ni crítica respecto estilos de vida mantenidos. Se aprecias valores criminógenos internalizados, dada la adherencia a estilos de vida antisocial desde temprana edad. Minimiza y normaliza estilos de vida mantenidos. Manifiesta rechazo a la comisión delictual, sin embargo, no se aprecia elaboración de proyección clara y realista de vida. Refiere red de apoyo compuesta por la madre principalmente (Paola Sepúlveda, comerciante independiente). Actualmente cursa 2º nivel básico (5º y 6º básico). Refiere en medio libro nunca ha desempeñado actividad laboral formal o informal, al egreso refiere se desempeñará en el área de la construcción o ayudando a su madre vendiendo en feria libre. No es posible confirmar red de apoyo, número de teléfono informado no existe.” Cuarto: Que conforme al artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo tiene por objeto velar por las formalidades legales, adoptar las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, cuando éste se hallare arrestado, detenido o preso, con infracción a lo dispuesto en la Carta Fundamental o en las leyes, pudiendo esta Corte disponer la libertad inmediata del individuo u ordenar que se reparen los defectos legales, corrigiéndolos o dando cuenta a quien corresponda para que los corrija. Además, el mentado arbitrio puede deducirse a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, dictando la magistratura las medidas que estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del amparado. Quinto: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones, conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley Nº 321, precitado, -modificado por la Ley N° 21.124- denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el amparado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como ilegal, toda vez que los fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que el condenado presenta factores de riesgo de reincidencia, que demuestran que no cuenta con recursos personales necesarios y básicos para reinsertarse adecuadamente a la sociedad e impiden tener por probados avances en su proceso de reinserción social. Sexto: Que, en lo que concierne al avance del amparado en el proceso de reinserción, el informe psicosocial los valoró debid

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Felipe Ignacio Crespo Sepúlveda, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo 2646-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Comparece Paola Sepúlveda Arriagada, por formulario manuscrito, en favor del condenado Felipe Ignacio Crespo Sepúlveda, y deduce acción de amparo en contra de la Resolución Exenta de treinta y uno de octubre del año en curso, de la Comisión de Libertad Condicional. Solicita se deje sin

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