SIN INFORMACION

PARADA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE AÑO 2023

Rol

Fecha

20 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 1 poniente 1060, edificio campanario, N°15, Talca, en favor de LUIS MAURICIO PARADA ÁLVAREZ, CI. N° 18.202.803-7, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpone recurso de amparo correctivo en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL por incurrir en un acto ilegal al dictar la resolución de 12 de octubre del año 2023 que rechazó la solicitud de libertad condicional del amparado. El objeto de este recurso es que conceda en su favor la debida protección del derecho fundamental de libertad personal, restituyendo el imperio de las garantías constitucionales, concediendo, en definitiva, Libertad Condicional de su representado. Solicita se acoja el recurso en favor de su representado, concediendo la debida protección a su derecho a la libertad, disponiendo como medida para el reestableciendo el imperio del derecho, la concesión de la Libertad Condicional. En relación a los hechos fundantes del recurso señala que el amparado actualmente cumple 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de robo con intimidación impuesta en causa RIT 1481-2018 del Juzgado de Garantía de San Javier y 2 años de presidio menor en su grado medio como autor del delito de receptación impuesta en causa RIT 568-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Chanco. Inició el cumplimiento de la pena única el 8 de junio de 2019 debiendo terminar el 10 de febrero de 2024. Indica que reuniendo los requisitos legales adquirió el derecho a postular al proceso de Libertad Condicional del segundo semestre del año 2023: a) Tiempo mínimo: 11 de junio de 2022; b) Conducta intachable: Más de 4 bimestres de nota Muy Buena; c) Informe psicosocial elaborado por GENCHI: 8 de septiembre 2023. Sin perjuicio de que el amparado acreditó evidentes avances en el proceso de reinserción social, la Comisión de Libertad Condicional rechazó otorgar el beneficio argumentando que no cumplía con el requisito previsto en el art. 2 N° 3 del DL. 321. Considera que la ponderación de sólo los antecedentes negativos de la postulante para negar el beneficio de Libertad Condicional, y la omisión de valoración de los aspectos positivos, sin explicar tampoco por qué dio más valor a los negativos (estáticos) relativos a su historia de vida, torna la resolución en arbitraria e ilegal, por carecer de la debida fundamentación, que exige buenas razones y no sólo una motivación aparente. Así entonces, indica que del análisis del informe psicosocial se observa los siguientes avances prosociales: 1.- Disminución en riesgo de reincidencia: Con fecha 25 de julio de 2023, nuevamente se actualiza el riesgo, manteniendo nivel Alto, sin embargo, baja puntaje general de 24 a 20 puntos, demostrando avances en los factores de:

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de LUIS MAURICIO PARADA ÁLVAREZ y contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL por haber dictado resolución de fecha 12 de octubre 2023. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°470-2023/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, veinte de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 1 poniente 1060, edificio campanario, N°15, Talca, en favor de LUIS MAURICIO PARADA ÁLVAREZ, CI. N° 18.202.803-7, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, quien d

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