7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MARIA ANGELICA ROSEN LOPEZ C/ FELIPE ANDRES GONZALEZ ANGULO

Rol

Fecha

22 de noviembre de 2023

Materia

CALUMNIA (ACCION PRIVADA). ART. 412 AL 415.

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1°. Los presentes antecedentes versan sobre un recurso de apelación que deduce la abogada querellante en contra de la resolución dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago con fecha siete de noviembre del año en curso, que rechazó la solicitud de detención del imputado Felipe Andrés González Angulo. 2°. Ahora bien, resulta palmario destacar que el régimen recursivo en el sistema penal reformado queda consagrado -por regla general- en el artículo 370 del Código Procesal Penal, que dispone expresamente que solo serán apelables las resoluciones del juez de garantía: “a) cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y b) cuando la ley lo señalare expresamente”. 3°. A la luz de la norma transcrita, estima esta Corte que la resolución apelada no comparte la naturaleza jurídica de ninguna de las hipótesis legales que contempla el legislador, por lo que el recurso intentado no puede ser admitido a tramitación, como se dirá. 4°. Finalmente, se debe tener a la vista lo dispuesto en el artículo 124 y 125 del Código de Procesal Penal, que en suma no permiten disponer medidas que recaigan en la libertad del imputado, y en caso que sea procedente solo el Ministerio Público está facultado para apelar. Conforme lo disponen los artículo 364 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de apelación que interpuso la abogada querellante en contra de la resolución dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago con fecha siete de noviembre del año en curso. Devuélvase. N° Penal-5834-2023.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación que interpuso la abogada querellante en contra de la resolución dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago con fecha siete de noviembre del año en curso. Devuélvase. N° Penal-5834-2023.

Texto Completo (Preview)

gail C.A. de Santiago Santiago, veintidós de noviembre de dos mil veintitrés. Al folio N° 3: Por cumplido lo ordenado con fecha dieciséis de noviembre del año en curso. Vistos: 1°. Los presentes antecedentes versan sobre un recurso de apelación que deduce la abogada querellante en contra de la resolución dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago con fecha siete de noviembre del año en cur

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