ANONIMIZADO
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se advierte que no existen antecedentes suficientes que justifiquen las medidas cautelares decretadas, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de catorce de septiembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Familia de Buin en los autos RIT F- 961-2023, que rechazó la petición de la denunciada de dejar sin efecto su salida inmediata del inmueble que le servía de morada, y se declara que se acoge dicha petición, y en consecuencia, se deja sin efecto la orden de salida inmediata de doña Marta del inmueble ubicado en...
Fallo
se declara que se acoge dicha petición, y en consecuencia, se deja sin efecto la orden de salida inmediata de doña Marta del inmueble ubicado en...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinte de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se advierte que no existen antecedentes suficientes que justifiquen las medidas cautelares decretadas, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de catorce de septiembre del año en curso, dictada por el Juz
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