AGENCIA DE ADUANA WALDEMAR ADELSDORFER Y CIA LTDA. / LAN AIRLINES S A
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2023
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que los instrumentos allegados por la parte demandada resultan insuficientes para acreditar el pago alegado en su favor, ya que emanan de ella misma y no consisten en libros contables o en sus balances, los que tampoco puso a disposición de la perito para refrendar sus aseveraciones. Por el contrario, se destaca que se concluyera la insuficiencia de los documentos contables presentados por aquélla para acreditar los pagos, cuyo análisis no evidenció correspondencia específica con las facturas cobradas o con otras operaciones anteriores o coetáneas entre las partes. Al efecto, la perito examinó exhaustivamente conforme a su experticia, cuatro archivadores con copias de facturas exentas emitidas por la demandante a la demandada; seis archivadores con copias de facturas afectas a IVA, emitidas por la demandante a la demandada; un archivador copias de notas de débito emitidas por la demandante a la demandada; ocho archivadores con listados de movimientos del Banco de Chile en moneda Extranjera, de la Agencia de aduanas, por períodos entre el año 2007 y 2009, uno de 2010, y un sobre con la copia cedible de las facturas que se cobran. En consecuencia, la conclusión de aquélla aparece suficientemente fundada, en especial en lo relativo a la inconsistencia de pagos presuntamente efectuados mediante vales vista, abonos o transferencia, cuya realización y entrega de vales vistas no se apoya en antecedentes distintos a los de propia emisión de la demandada, sin que pueda atribuirse tales abonos y transferencias a las facturas cobradas, especialmente al preceder muchos más documentos que aquélla podía estar pagando aparte de ellas. Y atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el once de septiembre de dos mil diecinueve, por el 20° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N° 11332-2020 Civil.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Guillermo Bofill Ferretti por el recurso. Santiago, 20 de noviembre de 2023. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, veinte de noviembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio N°12: Téngase presente. Vistos: Que los instrumentos allegados por la parte demandada resultan insuficientes para acreditar el pago alegado en su favor, ya
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