MUÑOZ/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL DE CHILLÁN
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece el Defensor Penal Público Penitenciario Jonathan Romo Villegas, en representación de MAURICIO ANDRES MUÑOZ SANHUEZA, quien cumple condena en el CET. YUNGAY. Eejerce acción constitucional de amparo contra de la Resolución Exenta N° 258-2023 de fecha 12 de octubre de 2023, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, sin ajustarse a la normativa vigente, tornando su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario. Refiere que el amparado cumple condena de 10 años y un día de presidio mayor en grado medio por el delito de robo con violencia y robo con intimidación. Registra como fecha de inicio el 31-10-2015, estimándose como fecha de término 01-11-2025. El tiempo mínimo para optar a Libertad Condicional se verifica el día 01-07-2022. Además, registra conducta “Muy Buena”, a lo menos desde bimestres septiembre-octubre 2022 hasta la fecha (7 bimestres), registrando el día 18 de abril de 2022 su última falta al régimen disciplinario; sin embargo, pese a cumplir los requisitos legales establecidos en el Decreto Ley 321 y su Reglamento, la Comisión rechazó la concesión de la misma, basándose en el supuesto no cumplimiento de uno de los requisitos establecidos en la referida norma. Estima que la resolución impugnada, es un acto ilegal que infringe lo dispuesto en el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional y el Decreto Supremo 338, Reglamento de Ley de Libertad Condicional que se encuentra vigente a la fecha, pues el amparado, cumple en cabalidad los requisitos exigidos por el Artículo 2º del DL 321 y el Artículo 3° del Decreto Supremo 338 Reglamento de Ley de Libertad Condicional,
Fundamentos
considerando además que ha demostrado avances en su proceso de reinserción. Posteriormente analiza la decisión de la Comisión de Libertad Condicional y el Informe Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, el que a su juicio carece de todo rigor científico. Se refiere detallada y minuciosamente a cada uno de los argumentos esgrimidos, los cuales a su entender no son suficientemente categóricos, mencionando ciertas acciones positivas de su representado que no fueron consideradas por la Comisión de Libertad Condicional y que fueron consignadas en el informe psicosocial de Gendarmería.
Fallo
Por tanto, los antecedentes expuestos permiten demostrar que el amparado presenta al momento de postular a la libertad condicional, avances en su proceso de reinserción, Termina solicitando, acoger el recurso, disponiendo, como medida para el reestableciendo el imperio del derecho, la concesión de la Libertad Condicional para el amparado. 2°.- Que, informa doña Érica Livia Pezoa Gallegos, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional del año 2023, quien refiere que entre los postulantes al beneficio de libertad condicional correspondiente al primer semestre del año dos mil veintitrés, se encontraba el recurrente, interno postulado por el Centro de Estudio y Trabajo de Yungay, cumpliendo por el delito de robo con violencia, la pena de 10 años y 1 día. El interno registra como fecha de inicio de su condena el día 31 de octubre de 2015, la cual termina de cumplir el día 01 de noviembre de 2025. Bajo estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 3° inciso tercero del Decreto Ley 321, el tiempo mínimo para optar al beneficio de Libertad Condicional, se habría cumplido el día 01 de julio de 2022. De acuerdo a las facultades dispuestas en el artículo 5° del Decreto Ley 321 y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 9° del mismo cuerpo legal, la postulación del interno fue rechazada, y las consideraciones y fundamentos de tal rechazo constan en la Resolución Exenta N° 258-2023, de doce de octubre de 2023 la que en su parte pertinente se trascribe 3°
Texto Completo (Preview)
Chillán, veinte de noviembre de dos mil veintitrés. Visto: 1°.- Que, comparece el Defensor Penal Público Penitenciario Jonathan Romo Villegas, en representación de MAURICIO ANDRES MUÑOZ SANHUEZA, quien cumple condena en el CET. YUNGAY. Eejerce acción constitucional de amparo contra de la Resolución Exenta N° 258-2023 de fecha 12 de octubre de 2023, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad
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