VILLARROEL/ALL SOLUTION SPA
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2023
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de la expresión “adeudando íntegramente el mes de noviembre del año 2022” del
Fundamentos
considerando Décimo Octavo, y de la expresión “y el pago íntegro del mes de noviembre del año 2022” del considerando Vigésimo. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que el tribunal acogió la demanda principal de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y consumos básicos en contra de las demandadas Vesert SpA y All Solution SpA, declarando terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes con fecha 01 de diciembre del año 2020, respecto de la propiedad ubicada en Avenida Antonio Rendic N° 5515-B, de esta ciudad. Dispuso que las demandadas deberán pagar la renta insoluta correspondiente al mes de noviembre de 2022 por la suma de $800.000.-, la suma de $213.536.- por concepto de agua potable, y la suma de $1.551.566.- por concepto de energía eléctrica. Ordena restituir el inmueble dentro de quinto día desde que el
Fallo
fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de decretar el auxilio de la fuerza pública. Acogió parcialmente la excepción de pago opuesta por la demandada All Solution SpA, solo respecto de la renta de arrendamiento correspondiente a los meses de mayo y junio de 2021 y al mes de agosto del año 2022, las que se encuentran íntegramente pagadas. SEGUNDO: Que en su recurso de apelación la parte demandada señaló que la sentenciadora, en el considerando Décimo Octavo, al discurrir en relación con las rentas insolutas refiere que “Lo cierto es, que, según lo ilustrado en el escrito de la demandada (…) las demandadas habrían pagado por tal concepto en el mes de mayo del año 2021 la suma de $750.000; en el mes de junio del 2021 la suma de $700.000 y, en el mes de agosto del año 2022 la suma de $450.000, adeudando íntegramente el mes de noviembre del año 2022, lo que en total asciende a la suma de $1.300.000, a razón de $800.0000 mensuales a contar del mes de diciembre del 2020…”, acogiendo la demanda y declarando terminado el contrato de arrendamiento, como se consigna en la consideración Vigésima. Expresa que en el considerando Vigésimo Quinto, al pronunciarse respecto de la excepción de pago opuesta por la demandada All Solution SpA, las alegaciones de dicha parte únicamente dicen relación con los saldos pendientes de los meses de mayo y junio de 2021 y agosto de 2022, pero nada dice de la renta insoluta correspondiente al mes de noviembre del año 2022, de la cual no se hace carg
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Antofagasta, a diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de la expresión “adeudando íntegramente el mes de noviembre del año 2022” del considerando Décimo Octavo, y de la expresión “y el pago íntegro del mes de noviembre del año 2022” del considerando Vigésimo. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que el tribunal acogió la de
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