SIN INFORMACION

JORGE ESTEBAN ELGUEDA QUILODRAN/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL LA SERENA, 2° SEMESTRE 2023

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Gabriel Calderón Lewin, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Jorge Esteban Elgueda Quilodrán, cédula nacional de identidad Nº19.345.277-9 y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°827-2023, de fecha 11 de octubre de 2023, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente condenas como autor de los delitos de robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación y conducción en estado de ebriedad. Señala que el actor cumple los requisitos exigidos por el Decreto Ley N°321 en cuanto al tiempo mínimo de cumplimiento de condena y registrar conducta ‘muy buena’ en los últimos cuatro bimestres. Indica que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo como fundamento el contenido del informe psicosocial de Gendarmería de Chile el cual da cuenta de presentar el interno un muy alto riesgo de reincidencia, no presentar conciencia de la gravedad del delito, ni del mal causado y no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos. Afirma que la Comisión incurre en ilegalidad y arbitrariedad al basar su decisión en el informe psicosocial de Gendarmería de Chile sin tomar en consideración los avances que el interno presenta en su proceso de reinserción social. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución recurrida, otorgando la libertad condicional al amparado. SEGUNDO: Que evacuó informe el Ministro Felipe Pulgar Bravo, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional año 2023, indicando que se rechazó la solicitud de libertad condicional del amparado, toda vez que el informe de postulación psicosocial de Gendarmería de Chile da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un muy alto riesgo de reincidencia, no presentar conciencia del delito, ni del mal causado y no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos, compartiendo esa comisión “lo señalado en el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que señala que el interno debe dar continuidad a su proceso de intervención en el sistema cerrado”. Estima que la resolución dictada se encuentra debidamente fundada y emana de autoridad competente, la que ha actuado en ejercicio de sus funciones, por lo cual solicita el rechazo del recurso interpuesto. TERCERO: Que, la acción de amparo prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República tiene por objeto proteger a las personas que ilegal o arbitrariamente sufren cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y/o a la seguridad individual motivo por el cual, y considerando que en definitiva el acto denunciado concierne a aquel en virtud del cual se negó al ampara

Texto Completo (Preview)

Elgueda Quilodrán, Jorge Esteban Comisión de Libertad Condicional Segundo Semestre Recurso de Amparo Rol N°455-2023.- La Serena, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Gabriel Calderón Lewin, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Jorge Esteban Elgueda Quilodrán, cédula nacional de identidad Nº19.345.277-

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