SIN INFORMACION

NAVARRETE ESCOBAR RODOLFO IGNACIO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO Primero: Que, comparece doña Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, quien interpone acción de amparo constitucional en favor de “Roberto” Ignacio Navarrete Escobar -primer nombre Rodolfo, según se observa de los datos aportados en el sistema al ingresar la acción-, actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada en el mes de octubre del año en curso, que le negó dicho beneficio. Expone que el amparado cumple una pena de 5 años y 1 día por el delito de robo en bienes nacionales de uso público, cumplió con el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional y cuenta con conducta muy buena los últimos cuatro bimestres. Observa que el motivo de rechazo de la Comisión de Libertad Condicional se funda únicamente en un informe psicosocial, que es tan solo uno de los tres requisitos exigidos en el artículo 2° del DL N° 321, desmereciendo otro requisito de igual o más importancia, que es tener una calificación de conducta intachable por al menos 8 meses. Alega que el amparado sí cumpliría con los requisitos exigidos por la normativa citada y que la decisión que se impugna por esta vía, al remitirse únicamente al informe psicosocial elaborado respecto del condenado, torna vanos y minimiza los esfuerzos concretos del interno por mantener periódicamente la conducta intachable que se requiere dentro del penal con el fin de acceder a la libertad condicional, existiendo así una manifiesta discordancia entre lo consignado en el certificado de conducta y el contenido negativo del informe psicosocial. Concluye que, por lo anterior, la resolución que niega el beneficio que impetra se erige como un acto ilegal y arbitrario, afectando directamente la libertad personal del amparado. Finaliza solicitando le sea concedido el beneficio de libertad condicional. Segundo: Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló: “Que al revisar sus antecedentes, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, antecedentes pretéritos e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondiente documentación de respaldo, ponderados por esta Comisión con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 otorga, se puede advertir que si bien el postulante ha permanecido

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto N° 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Rodolfo Ignacio Navarrete Escobar en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2608-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Al folio 6: a sus antecedentes. Al folio 7: a todo, téngase presente. VISTO Y CONSIDERANDO Primero: Que, comparece doña Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, quien interpone acción de amparo constitucional en favor de “Roberto” Ignacio Navarrete Escobar -primer nombre Rodolfo, según se observa de los datos aportado

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