QUEZADA RIOS HECTOR JOSEPH / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece mediante formulario doña Natalia Andrea Ríos Toro, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Héctor Joseph Quezada Ríos, recluido en Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, del mes de octubre de 2023, por haber rechazado el beneficio de libertad condicional.. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su Presidente, Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y que mediante resolución de fecha 31 de octubre de 2023, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio correspondiente al segundo semestre de 2023. Explica que, al revisar los contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisión estimó que, aun cuando el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio, manteniendo una conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N.º 321, lo cierto es que los antecedentes aparejados dan cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle dicho beneficio. Señala así como fundamento: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno que presenta mediano compromiso delictual y un riesgo de reincidencia alto, con tendencia a favor del delito, enfatizando la utilidad de la actividad delictual, con racionalizaciones y justificaciones a las infracciones de la ley; muestra una inadecuada consciencia de delito y de daño, y se encuentra en etapa de pre-contemplación. No goza de beneficios intrapenitenciarios. Los aspectos antes mencionados, confrontados con la evaluación psicosocial correspondiente a su postulación a la libertad condicional el 1
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que éste presenta presenta mediano compromiso delictual y un riesgo de reincidencia alto, con tendencia a favor del delito, enfatizando la utilidad de la actividad delictual, con racionalizaciones y justificaciones a las infracciones de la ley; muestra una inadecuada consciencia de delito y de daño, y se encuentra en etapa de pre-contemplación. No goza de beneficios intrapenitenciarios. SÉPTIMO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N°321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. OCTAVO: Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en el artículo 2 N°3 del D.L. N°321 de 1925, artículo 12 del Decreto N° 38 de 2019, del Ministerio de Justicia y artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Héctor Joseph Quezada Ríos en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2642-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece mediante formulario doña Natalia Andrea Ríos Toro, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Héctor Joseph Quezada Ríos, recluido en Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, del mes de octubre de 2023, p
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