MP.C/ GABRIELA BELÉN PEÑA ACEVEDO. RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N°20.253
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
San Miguel, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 3450-2023 Penal Ruc: 2301252442-0 RIT: 4090-2023 Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Emil Ibarra Sáez Digitadora: Bárbara Subiabre Silva Fiscal: Rodrigo Peña Sepúlveda Defensa: Eduardo Camus Cruz Registro de audio: 2301252442-0-91 Imputado: Gabriela Belén Peña Acevedo Delito: Robo con intimidación Tipo de recurso: Apelación cautelar personal Escritos resueltos en audiencia: 0. San Miguel, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Oídos los intervinientes y teniendo presente: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la imputada, y se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando su gravedad, forma de comisión, pena probable y modalidad de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución dictada en audiencia de dieciséis de noviembre del año en curso, por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto por ella no se hizo lugar a decretar la prisión preventiva de Gabriela Belén Peña Acevedo y
Fallo
se declara que esta última queda sometida a la medida cautelar antes señalada. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Acordada con el voto en contra de la ministra Pizarro S. quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, compartiendo los fundamentos esgrimidos por el juez a quo, con declaración que, además de las cautelares de menor intensidad impuestas a la imputada por ese tribunal, le quedara aplicada aquella prevista en la letra g) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima. Comuníquese vía interconexión. N° 3450-2023 Penal
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San Miguel, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 3450-2023 Penal Ruc: 2301252442-0 RIT: 4090-2023 Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Emil Ibarra Sáez Digitadora: Bárbara Subiabre Silva Fiscal: Rodrigo Peña Sepúlveda Defensa: Eduardo Camus Cruz Registro de audio: 2301252442-0-91 Imputado: Gabriela Belén Peña Acevedo Delito: Robo con intimidación
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