SIN INFORMACION

/PRIMER JUZGADO POLICÍA LOCAL OSORNO

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: A folio 1 comparece Verónica Romero Espinoza, abogada, en nombre de Nery Díaz Lueiza y deduce acción constitucional de amparo contra la resolución de 25 de octubre de 2023 dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, fundada en que el 9 de agosto de 2023 se inició en su contra causa por denuncia de “local con máquinas de juegos electrónicos funcionando sin patente municipal” y, no obstante que en dicho proceso demostró que mantiene patente municipal al día, con fecha 23 de agosto de 2023 se dictó sentencia que la condenó al pago de una multa de 5 U.T.M apercibiéndola que, de no pagar la multa, sufrirá por vía de sustitución apremio de reclusión nocturna correspondiente a 15 noches, lo que deberá cumplir en la cárcel que corresponda. Agregó que con fecha 25 de octubre de 2023 el Juzgado de Policía Local de Osorno, ofició a la Policía de Investigaciones de Chile con la finalidad de detener e ingresar al Centro de Cumplimiento Penitenciario que corresponda a Nery Diaz Lueiza, para que cumpla reclusión nocturna por 15 noches por desobediencia y no pago de la multa antes referida. Pretende: a) se declare la violación al derecho a la libertad personal de la amparada; y b) se deje sin efecto todas las resoluciones que ordenen apremios y órdenes de detención contra la amparada, que haya despachado el recurrido. Segundo: A folio 6 Rubén Sepúlveda Andrade, juez subrogante del Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, dio cuenta de la causa referida por la recurrente e indicó que habiendo quedado ejecutoriada la sentencia que impuso la multa de autos y su conversión en noches arresto en caso de no pago, se dispuso su cumplimiento. De esta forma, y ante el no pago de la multa de 5 UTM, con fecha 25 de octubre se dispuso la detención de Nery Diaz Lueiza por 15 noches de reclusión. Indicó que, de todas formas, previo a despachar la orden de detención se ordenó notificar dicha resolución a través de Carabineros a fin de que la

Fundamentos

motivos expuestos y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia; Se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Nery Antonieta Díaz Lueiza, en contra de la resolución de 25 de octubre de dos mil veintitrés dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-264-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: A folio 1 comparece Verónica Romero Espinoza, abogada, en nombre de Nery Díaz Lueiza y deduce acción constitucional de amparo contra la resolución de 25 de octubre de 2023 dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, fundada en que el 9 de agosto de 2023 se inició en su cont

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