SIN INFORMACION

IBEREOLICA ERNC ANTOFAGASTA SPA/SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: La comparecencia de Diego Esteban González Toro, abogado, quien en representación de IBEREOLICA ERNC Antofagasta, SpA., sociedad del giro de generación eléctrica, rol único tributario N° 77.285.671-7, ambos con domicilio en Cerro El Plomo N° 5420, oficina 1305, Comuna de Las Condes, Santiago, dedujo recurso de protección en contra de la Tesorería General de la República (TGR), rol único Tributario N° 60.805.000-0, representada legalmente por el Tesorero General de la República Sr. Hernán Nobizelli Reyes, domiciliados en calle Teatinos N° 28, pisos 1 y 2, Santiago, Región Metropolitana, y en Arturo Prat N° 255, piso 2, oficina 204, y en contra del Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN), rol único tributario N° 61.702.000-9, representado legalmente por su director Patricio Aguilera Poblete, domiciliados en Avenida Santa María N° 0104, comuna de Providencia, Región Metropolitana y en Avenida Balmaceda N° 4871, La Serena, Región de Coquimbo, alegando la privación, perturbación y amenaza de garantías fundamentales. En relación a la Tesorería General de la República, por impedir el pago de patentes asociadas a concesiones mineras y respecto al Servicio Nacional de Geología y Minería, al incluir las concesiones de explotación que singularizó, dentro de la nómina de patentes impagas, aplicando además la sanción contemplada en el artículo 149 del Código de Minería, solicitando, que se ordene a las recurridas, adoptar coordinadamente todas las medidas que fueren pertinentes, a fin de que se le permita realizar el pago de las patentes correspondientes al período 2023, respecto de las concesiones mineras de explotación denominadas VICTOR 177 1/40, VICTOR 178 1/60, VICTOR 179 1/40 y VICTOR 180 1/40, sin el recargo contemplado en el artículo 149 del Código de Minería, de modo tal que dichas concesiones queden excluidas de la nómina de concesiones mineras con patentes impagas, otorgando para tales fines un plazo no superior a 10 días hábiles, con expresa con

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente sostiene ser titular de las concesiones mineras de explotación VICTOR 177 1/40, VICTOR 178 1/60, VICTOR 179 1/40 y VICTOR 180 1/40. Señaló que durante el mes de marzo se dirigió a la Tesorería General de la República, a fin de pagar las patentes asociadas a las concesiones mineras de explotación antes singularizadas. En este contexto, se le comunicó que no era posible efectuar el pago, ya que las respectivas concesiones no tenían asignado Rol Minero. Por lo anterior, y con la finalidad de cumplir con el pago de las correspondientes patentes, se gestionó de forma voluntaria y por iniciativa propia el otorgamiento de los nuevos roles, los que fueron asignados por el Servicio de Geología y Minería, siendo esto debidamente comunicado a través de cuatro correos electrónicos remitidos por el Departamento de Propiedad Minera, todos de fecha 30 de marzo de 2023. Relató que atendida la comunicación anterior, y con el fin de pagar las patentes precedentemente dichas, concurrió a la TGR a fin de realizar los pagos. La respuesta de la referida entidad, sin embargo, fue que en el sistema informático aún no se actualizaban los números de rol y por lo tanto no se podía realizar el pago. Frente a esta situación, los funcionarios de la Tesorería le recomendaron consultar durante los meses siguientes por la actualización de la referida información, de tal forma de hacer los pagos de las patentes respectivas antes de que se enviaran las nóminas de patentes impagas para su cobro judicial. Observó que, en el mes de junio se insistió y se consultó la posibilidad de completar el formulario de forma manual, lo que tampoco se pudo, debido a un problema interno de la TGR. Así, a pesar de los intentos realizados durante el mes de junio por pagar las patentes mineras de las concesiones antedichas, ello no fue posible. Luego, con fecha 11 de septiembre de 2023, tomó conocimiento que las patentes ya individualizadas, figuraban en la nómina de concesiones mineras con patentes impagas en la causa Rol C-104-2023 del Juzgado de Letras y Garantía de Taltal. Luego al consultar los formularios de pago -ahora disponibles-, se pudo constatar que se aplicó un recargo del doble del valor de la patente, según lo dispuesto en el artículo 149 del Código de Minería. Sostiene que existe un actuar arbitrario por parte de SERNAGEOMIN, al incluir las concesiones de explotación dentro de la nómina de patentes impagas, aplicando además la sanción contemplada en el artículo 149 del Código de Minería. Este hecho indica, es arbitrario, toda vez que obedece a una decisión irracional, ya que, a sabiendas de las dificultades que se habían presentado para efectuar los pagos de las patentes respectivas, incluyó, igualmente, dentro de la nómina de patentes impagas a las concesiones singularizadas, alegando que previendo una situación de estas características, realizó una petición a fin de que se les otorgara Rol Nacional a las concesiones, lo cual se consiguió e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por el abogado Diego Esteban González Toro en representación de IBEREOLICA ERNC Antofagasta, SpA., en contra de la Tesorería General de la República y en contra del Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y comuníquese. Rol 8206-2023 (PROT) 9

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Diego Esteban González Toro, abogado, quien en representación de IBEREOLICA ERNC Antofagasta, SpA., sociedad del giro de generación eléctrica, rol único tributario N° 77.285.671-7, ambos con domicilio en Cerro El Plomo N° 5420, oficina 1305, Comuna de Las Condes, Santiago, dedujo recurso de protección en contr

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