JUZGADO DE LETRAS DE CASTRO

MUÑOZ/PINTO

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2023

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, teniendo presente el tenor de las acciones posesorias interpuestas, en las cuales no se singulariza el inmueble o retazo de terreno respecto del cual se pide el amparo, restitución o restablecimiento en cuanto a orientación, ubicación ni coordenadas. Considerando, asimismo, que tampoco existe claridad de los deslindes del predio respecto del cual recaen las acciones posesorias impetradas, de lo que da cuenta el informe pericial rendido en primera instancia, al indicar en sus resultados que “ninguna de las dos propiedades tenía la definición real del deslinde legal de las propiedades, es decir, que ambos propietarios (sic) planteaban cada uno su cerco de deslinde…”, concluyendo dicho informe que deben corregirse las líneas de deslinde entre las propiedades involucradas que hoy existen en terreno y, teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia en alzada de fecha veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, pronunciada por el Juez (S) del Juzgado de Letras de Castro, don Jorge Andrés Ibarrola Ávila, que rechazó con costas las querellas posesorias de amparo, restitución y restablecimiento, con costas del recurso, por considerar que no ha existido motivo plausible. Devuélvase. Rol N° 1399-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: El mérito de los antecedentes, teniendo presente el tenor de las acciones posesorias interpuestas, en las cuales no se singulariza el inmueble o retazo de terreno respecto del cual se pide el amparo, restitución o restablecimiento en cuanto a orientación, ubicación ni coordenadas. Considerando, asimismo, que tampoco existe clari

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