SIN INFORMACION

PINEDA/GENDARMERIA DE CHILE DIRECCIÓN NACIONAL

Rol

Fecha

16 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio Nº1, comparece PATRICIO ALEX PINEDA MORENO, domiciliado en la comuna de Paihuano, e interpone acción constitucional de protección en contra de GENDARMERÍA DE CHILE (CENTRO DE APOYO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL (CAIS) DE PUERTO MONTT y COMPLEJO PENITENCIARIO DE PUERTO MONTT), por estimar que ha incurrido en una omisión que califica como ilegal o arbitraria, consistente en no dar respuesta a su petición de remitir la información requerida por el 1° Juzgado de Letras de Valdivia, para eliminar sus antecedentes penales. Señala que el día 18 de noviembre de 1988, fue condenado por el ex primer Juzgado del Crimen de Puerto Montt, a la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo con fuerza, según aparece de la causa Rol N° 66.897-1988, y luego el día 3 de diciembre de 1993, le concedieron el beneficio de libertad condicional, aunque luego el día 26 de febrero de 1998 le revocaron el beneficio por quebrantamiento. Agrega que desde esa fecha han transcurrido 24 años, computándose el plazo de 10 años exigido por la ley para la prescripción de la condena, no existiendo interrupción de la prescripción, pues no ha cometido nuevo crimen o simple delito. Explica luego que, desde hace un tiempo, está gestionando la eliminación de sus antecedentes penales, por el derecho al olvido, pero luego de mucho retardo por negarle el acceso a la información, el día 30 de agosto de este año, llamó al 1° Juzgado de Letras de Valdivia (continuador del antiguo Primer Juzgado del Crimen), donde le informaron que tras muchos intentos e insistencias, nuevamente Gendarmería se negaba a remitir la información requerida para continuar la eliminación de sus antecedentes,

Fundamentos

considerando que a la fecha, sólo le falta la respuesta del oficio relativo al certificado de cumplimiento de condena. Reclama que dicha omisión de las instituciones de Gendarmería, constituye una infracción a su derecho a la honra, al acceso a la información, y su derecho al olvido, porque al no remitirse los antecedentes solicitados, obstaculiza la eliminación de sus antecedentes, por lo que solicita ordenar a Gendarmería de Chile, específicamente al Centro de Apoyo para la Integración Social del Complejo Penitenciario de esta ciudad, que remita los antecedentes solicitados por el 1° Juzgado de Letras de Valdivia, en Causa ROL N° 66.897-1988, esto es, su certificado de cumplimiento de condena. Acompaña al recurso, certificado de antecedentes penales. A folio Nº 3, se declaró admisible el recurso. A folio Nº 7, se evacua informe por CESAR FERNANDO AGUILAR SILVA, abogado, Asesor jurídico de la Dirección Regional de Los Lagos de Gendarmería de Chile, quien solicita el rechazo del recurso, por inexistencia de un derecho indubitado. Luego, aduce que conforme a oficios que acompaña, podrá advertirse que efectivamente el C.A.I.S. de Puerto Montt, mediante oficio ordinario número 650 de fecha 29 de noviembre de 2022 remitió al Primer Juzgado Civil de Valdivia (continuador legal) la respuesta ante requerimiento de información, y fue ese Tribunal el que impuso la condena, según se lee del Certificado de Antecedentes acompañado. Arguye que la propia confusión del actor, que señala en su libelo que fue condenado por el Ex Primer Juzgado del Crimen de Puerto Montt, es lo que no le ha permitido dirigir la solicitud al Tribunal Correcto, lo que no puede ser imputable a su respecto. Finalmente, sostiene que bajo ningún respecto puede Gendarmería emitir un “certificado de cumplimiento de condena” respecto de una persona que ha quebrantado aquella que le fuera válidamente impuesta por un Tribunal de la República, según se desprende de los propios dichos del actor. Acompaña a su informe: Oficio número 650 de fecha 29 de noviembre de 2022 del CAIS Puerto Montt al Primer Juzgado Civil de Valdivia, en el cual se informó no contar con la información solicitada porque sólo desde el año 2016 dicho Centro comenzó a controlar Libertad Condicional, por lo cual sugiere realizar la solicitud de cumplimiento de condena a la Oficina de Estadísticas del Complejo Penitenciario de esta ciudad; y Oficio N°382 del Jefe del CAIS Puerto Montt de fecha 27 de septiembre de 2023, a la Directora Regional de la misma Institución, en el cual informan del oficio remitido el día 29 de noviembre de 2022 al Primer Juzgado de Valdivia. Agrega este último oficio, que la funcionaria encargada de Control de Libertad Condicional del CAIS el día 22 de noviembre de 2022, puso en conocimiento al área de estadísticas del penal de Puerto Montt, por lo que con dicha gestión, daba por concluida la petición, y aparece copiado en mail enviado en esa oportunidad el Sargento 1° Alejandro Mayorga, Jefe

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República artículos 7, 8, 14 y 27 de la Ley N° 19.880, y artículo 1º y siguientes del Acta Nº94-2015, de la Excelentísima Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección y sus modificaciones posteriores, se declara: I.- Que se acoge la acción deducida a folio N° 1, por PATRICIO ALEX PINEDA MORENO en contra de GENDARMERÍA DE CHILE. II.- Que, en consecuencia, se ordena a la recurrida remitir a través del Jefe de Estadísticas del Complejo Penitenciario de Alto Bonito, los antecedentes solicitados por el 1° Juzgado de Letras de Valdivia, en Causa ROL N° 66.897-1988, esto es, el certificado de cumplimiento de condena, dentro del plazo de 10 días hábiles desde que la presente sentencia cause ejecutoria. Redacción a cargo del Ministro Suplente Moisés Montiel Torres. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Protección N° 1170-2023.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés. Visto: A folio Nº1, comparece PATRICIO ALEX PINEDA MORENO, domiciliado en la comuna de Paihuano, e interpone acción constitucional de protección en contra de GENDARMERÍA DE CHILE (CENTRO DE APOYO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL (CAIS) DE PUERTO MONTT y COMPLEJO PENITENCIARIO DE PUERTO MONTT), por estimar que ha incurrido en una omisión que cal

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