SIN INFORMACION

INMOBILIARIA LAS MALVAS S.A/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES - (LTE)

Rol

Fecha

16 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Primero: Que comparece don Carlos Lagos Herrera, abogado en representación de Inmobiliaria Las Malvas S.A. y deduce reclamo de ilegalidad en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes y su alcaldesa Daniela Peñaloza Ramos, en contra del acto consistente en el Certificado de Recepción Definitiva de Obras de Edificación Obra Nueva Nº 343, de fecha 11 de octubre de 2022, dictado y suscrito por el Jefe de Departamento de Recepción Definitiva de Obras y la Directora de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, en aquella parte en la que se resolvió ampliar el número de unidades sin recepcionar de la Obra Nueva Nº 343, en aras de garantizar la ejecución de las obras de soterramiento de redes y por concepto relativo a Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU), impidiendo, en consecuencia el desarrollo del proyecto inmobiliario. Alega conculcados el debido proceso, la igualdad ante la ley y el tratamiento justo e igualitario. Pide que se declare la ilegalidad del acto antes individualizado, se ordene la anulación del mismo dictando el correspondiente acto de reemplazo, con expresa condena en costas. Para fundar su recurso expone que los funcionarios municipales de manera unilateral, ilegal, arbitraria e improcedente resolvieron ampliar la garantía de ejecución, agregando al 10% de la superficie útil total que ya se encontraba garantizada, unidades adicionales, disminuyendo el número de metros cuadrados que debían recepcionarse en la primera etapa, estableciendo extemporáneamente requisitos más rigurosos y ampliando la cuantía de la garantía ya estipulada en forma previa. En cuanto a la legitimación activa, sostiene que presentó el reclamo de Ilegalidad ante la Municipalidad recurrida el 2 de noviembre de 2022 y el 20 de diciembre de 2022 se certificó por la misma que el reclamo no fue resuelto dentro del plazo legal. Como antecedentes de hecho, refiere que el 11 octubre 2022 se otorgó Certificado de Recepción Definit

Fundamentos

motivos por los cuales no es posible efectuar la devolución de las garantías vigentes. Se indicó que la devolución de los montos se efectuaría una vez ejecutadas y recibidas las obras de mitigación vial Nº 3 y Nº 6, en conformidad con el artículo 173 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Refiere que, en cuanto a las garantías por soterramiento de redes, y la devolución de las garantías, se reiteró lo indicado en el OF. DOM N° 998 de fecha 22 de agosto de 2022, en cuanto a que: “Respecto a esta autorización de garantía no permite la recepción total del edificio, debiendo considerar que el 10 % de la constructibilidad obtenida, deberá ser recepcionada con las obras de soterramiento totalmente terminadas”. Sin perjuicio de lo anterior, la DOM envió una consulta a la Dirección de Infraestructura y Servicios Públicos de la Municipalidad de las Condes respecto al estado actual de las obras de soterramiento del proyecto “Edificio Las Malvas”, con la finalidad de revisar si la garantía puede ser rebajada en conformidad al artículo 3.3.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, a lo cual, dicha Unidad Municipal mediante Memorándum DISP. N° 3/384, informó lo siguiente: “las obras de soterramiento se encuentran inconclusas por Av. Manquehue y por calle Las Malvas, sólo se observa la instalación de postes de media tensión. La garantía no puede ser rebajada, ya que el presupuesto presentado, considera diferentes ítems, pero cada uno de ellos, es un global de varias partidas o trabajos que deben ser realizados para concluir la obra. Así las cosas, no es posible valorar los trabajos que están pendientes”. Lo anterior, fue informado a Inmobiliaria Las Malvas S.A., mediante OF. DOM N° 490 de fecha 1 de abril de 2023, indicando, además, que: “Conforme a lo anterior, se mantiene vigente la Boleta de Garantía Banco Security N° 660424 por UF 6.640 que vence el 07.09.2023 para garantizar las 6 obras de soterramiento de redes, debido a que el proyecto se acogió al Art. 38 del PRCLC en el Permiso de Edificación PE N° 21/2019, con el beneficio de un 10% de constructibilidad adicional”. Aclara que con fecha 13 de septiembre de 2022, la DOM otorgó a Inmobiliaria Las Malvas S.A. el Certificado de Recepción Definitiva (Parcial) de Obras de Urbanización N° 310, en relación con la medida de mitigación vial N°5 (rediseño de intersección calle Las Malvas con calle El Director, incluyendo normalización de dispositivos de rodado), quedando pendientes las obras de soterramiento del frente predial. Mediante Informe de Estado de Urbanización N° 106 de fecha 29 de septiembre de 2022, el Departamento de Urbanización de la DOM señaló que: “El Permiso de Urbanización Res. N°19 de fecha 15.02.2021, se encuentra parcialmente recibido quedando pendiente las obras de soterramiento (Art. 38 PRCLC) y el Certificado SERVIU por Pavimentación frente predial y accesos. Para la recepción definitiva total deberá contar con el permiso de urbanización N°19/21 recibido. Mani

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 141 y siguientes de la Ley Nº 18.695 Orgánica de Municipalidades, se rechaza, sin costas, el reclamo de ilegalidad deducido por Inmobiliaria Las Malvas S.A. en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Civil N° 678-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés. A los folios 39 y 40: téngase presente. Vistos: Primero: Que comparece don Carlos Lagos Herrera, abogado en representación de Inmobiliaria Las Malvas S.A. y deduce reclamo de ilegalidad en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes y su alcaldesa Daniela Peñaloza Ramos, en contra del acto consistente en el Certificado

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