SIN INFORMACION

FRANCISCO JAVIER MELENDEZ NAVA / SERVICIO NACIONAL DE MIGARCIONES

Rol

Fecha

16 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) A folio 1, el 27 de septiembre del año en curso, comparece don Francisco Javier Melendez Nava, cédula nacional de identidad venezolana, N° 31.930.013, RUT de Salud Provisorio en Chile N° 41.011.528-1, Identificador Provisorio Escolar N° 100720741-3, con domicilio en Avenida Costanera N° 360, centro, comuna y ciudad de Vallenar, Región de Atacama, interponiendo Recurso Judicial del artículo 141 de la Ley N° 21.325, por haberse decretado orden de expulsión en su contra N° 96, con fecha 12 de septiembre pasado, emitida por el Servicio Nacional de Migraciones, suscrita por el subprefecto, jefe de Sección Migraciones, Policía Internacional Vallenar de Chile, Miguel Díaz Cid. Expone que la situación política, económica y social en la que se encuentra su país de origen fue motivo suficiente para que su familia compuesta por su madre, su hermana, su abuela y su padrastro decidieran migrar a otro país, ingresando a Chile en 2019, cuando tenía 15 años, viéndose en la necesidad de trabajar desde temprana edad, y tener que postergar sus estudios hasta lograr estabilizarse de mejor manera, situación que recientemente se logró, motivo por el cual, se le confirió Identificador Provisorio Escolar (IPE) N° 100720741-3, para así proseguir con sus estudios de enseñanza básica y media, y posteriormente, ver la posibilidad de acceder a estudios superiores en el área de la mecánica automotriz, ya que, gran parte de sus trabajos esporádicos e informales, se han desarrollado en talleres de pinturas y desabolladuras de la ciudad de Vallenar. Indica que solo en julio del presente año, ante la imposibilidad de acceder a una visa provisoria, decide efectuar Declaración Voluntaria de Ingreso Clandestino N° 32276443, o “autodenuncia”, por la página del Servicio Nacional de Migraciones, Tramites.extranjeria.gob.cl, donde se le indica vía correo electrónico que por el mismo medio se le darían las instrucciones a seguir por un funcionario policial, para continuar co

Fallo

Por lo expuesto, y citando los artículos 147 y siguientes de la Ley N° 21.325, pide que se deje sin efecto la orden de expulsión del país, así como el sometimiento a control policial periódico, adoptándose las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho. Adjunta a folio 4 los documentos que detalla, excepto del signado con el N° 15. 2°) A folio 15, el 6 de noviembre último, comparece doña Daniela Silva Mella, abogada, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, evacuando el informe y solicitando el rechazo de la reclamación en todas sus partes, por no existir de parte de esa autoridad acto u omisión alguna que vulnere garantía constitucional alguna del recurrente. Expone que don Francisco Javier Melendez Nava, nacional de Venezuela, registra una denuncia grave por ingreso clandestino al territorio nacional, según consta en Parte Policial N°20230500973/00163 de fecha 14 de septiembre de 2023, de la Policía de Investigaciones de Vallenar. Luego, mediante Oficio Ordinario N°96, de fecha 12 de septiembre de 2023, de Policía de Investigaciones de Chile, se informa al extranjero que se ha iniciado un procedimiento sancionatorio de expulsión por haber ingresado al territorio nacional por un paso no habilitado eludiendo en control migratorio. Dicho oficio fue notificado personalmente por Policía de Investigaciones de Chile con fecha 12 de septiembre de 2023, tal como se vislumbra de los documentos allegados al proceso por el reclamante. En ese cont

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C.A. Copiapó Copiapó, dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°) A folio 1, el 27 de septiembre del año en curso, comparece don Francisco Javier Melendez Nava, cédula nacional de identidad venezolana, N° 31.930.013, RUT de Salud Provisorio en Chile N° 41.011.528-1, Identificador Provisorio Escolar N° 100720741-3, con domicilio en Avenida Costanera N° 360, centro

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